Consultas - Derecho Penal
N1
Buenas tardes, mi consulta es: mi compañero de trabajo me a denunciado por haberle tirado un cuchillo a la cabeza y haberle cogido del cuello con un cuchillo amenazándolo cosa que no es cierto yo lo he denunciado por agredirme y causarme lesiones el cual adjunte el parte en mi denuncia , tenemos juicio de faltas el miércoles 16, los dos estamos de acuerdo en retirar la denuncia y olvidarnos del tema pero no podemos retira la denuncia porque ya la remitieron a los juzgados...mi pregunta es: nos han comentado en la policía que podemos anular el juicio antes de que empiece si estamos los dos de acuerdo el mismo día del juicio ,,,es cierto ?,,como podemos hacerlo?...
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Si los dos pretendéis que no se celebre el juicio y perdonaos mutuamente para que las denuncias no se vean en el juicio de faltas, entonces debéis comparecer los dos en la vista del juicio y manifestar ante el juez que os perdonáis mutuamente sin que tengáis nada que reclamar el uno del otro. Así os aseguráis que no os van a condenar a ninguno. Otra forma es que el día del juicio, tanto uno como el otro no vayáis al juicio, aunque para mi es más conveniente lo primero que te dicho.
N2
Mi jefe abuso de autoridad hacia mí, gritándome sin parar delante de todo lo mundo poniendo su nariz a un dedo de la mía en postura amenazante y me gustaría denunciarlo. Según el yo marque por mi teléfono el numero de su novia, que así fue por error porque ni siquiera me lo sé y ni siquiera hable con esa persona y vino hecho un energúmeno a mi mesa humillándome delante de todo el mundo y como le digo gritándome sin parar. Como puedo hacer yo esto?
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Si quiere interponer una denuncia por amenazas, injurias, coacciones, vejaciones puede hacerlo en el cuartel de la Guardia Civil o directamente en el Juzgado de Guardia de la localidad donde se produjeron los hechos.
N3
Mi consulta es la siguiente ¿Que puede ocurrir al denunciar a alguien de presuntas amenazas e insultos telefónicos sin tener pruebas y siendo incierto?
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Denunciar amenazas e insultos no es ningún problema, y si luego no existen pruebas suficientes para acreditar dichas amenazas e insultos, pues la denuncia se archivará sin más. Pero denunciar falsamente, sabiendo que las amenazas e insultos son inciertos, eso SI ES UN DELITO DE FALSA DENUNCIA, y como tal castigado en el Código Penal para aquel que interpone denuncia a sabiendas de su falsedad.
N4
Hace ya dos semanas me pillaron con un abono de transporte que no era mío este abono estaba borrado por la parte de arriba a los señores del metro les dije que lo había comprado del rastro y bueno la cuestión es que me pidieron todos mis datos y yo se los di sin problemas pasa que al día siguiente me llaman de la comisaria para decirme que tengo que ir a declarar ante el juez porque tengo una denuncia del metro de Madrid lo que quiero saber es si esto me va a traer algún problema en la aceptación de mis tramites por arraigo social que ya estaban presentados y si tengo que ir con un abogado a declarar o se me asignara uno de oficio gracias espero puedan aclarar mis dudas
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Si tiene usted citación judicial para declarar en concepto de denunciado, ello por sí mismo no le perjudica en los trámites de su solicitud de arraigo, cosa distinta es que fuera usted condenado por un delito y esto lógicamente sí que le traería problemas para la concesión o la renovación de una tarjeta de residencia. De todos modos, si su expediente por arraigo ya está comenzado difícilmente, a estas alturas, le perjudicara este asunto que me comenta, para la concesión inicial de una tarjeta por arraigo, y si acabara siendo usted condenado por delito entonces, ya le digo, podría usted tener problemas a la hora de renovar cuando tuviera que hacerlo. En relación a la otra cuestión, te comento que si va como denunciado a declarar, entonces tiene el derecho de designar un abogado particular que le defienda en esa declaración o bien si no lo lleva el propio Juzgado le facilitará un abogado de oficio.
N5
Hace dos años un perro con el que se iba a quedar mi hijo, mordió a 1 persona, ahora para el 2 de junio del 2010, le sale un juicio de faltas contra el por mordedura de perro, el perro era un pitbul pero los papeles no estaban a nombre de mi hijo, me gustaría saber que podemos hacer, pues mi hijo no ha solicitado un abogado de oficio.
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Si el perro no era de su hijo sino que más bien se lo iba a quedar, como usted dice en su consulta, entonces no veo que sea complicado defender en Juicio a su hijo, pues este, en principio, no es responsable del animal. Por otra parte, en los juicios de faltas no es preceptiva la asistencia de abogado. Supongo que el Juicio ya se habrá celebrado por la fecha en la que usted me ha hecho la consulta. De todos modos, si la sentencia no es favorable a su hijo, éste podrá recurrir en apelación dentro del plazo de los cinco días desde la notificación de la sentencia.
N6
Me dirijo a usted para ver si me puedes aconsejar, en octubre de 2008 tuve un problema en una discoteca, me agredió un portero sin motivo ninguno, yo era menor, denuncié y en mayo de 2009 me reconoció el forense, a fecha de hoy no tengo noticias ningunas, me he puesto en contacto con el juzgado y me han comunicado que el caso esta archivado porque no encontraron a la persona y de ser así voy a denunciar a la discoteca, me van a mandar unos papeles para notificarlo, ¿ merece la pena ? ¿o después de tanto tiempo ya no hay nada que hacer?
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Por supuesto que merece la pena continuar con la denuncia. Si efectivamente el Juzgado no ha localizado todavía al portero agresor, entonces la propia Ley prevé otros medios para localizarlo y, por supuesto, que hay que interesar al Juzgado a que haga todas las averiguaciones posibles y utilice todos los medios a su alcance para localizar al denunciado, incluso pedir una requisitoria (orden de busca, de detención, de localización). MERECE LA PENA CONTINUAR CON LA DENUNCIA, ya te lo digo. Además, en este caso, la discoteca es responsable CIVILMENTE de los hechos cometidos por sus trabajadores como es el portero, para el supuesto de que el portero no tenga dinero. Ejerza sus Derechos.
N7
Dije intimidades de mi ex novia por el twitter y haciéndome pasar por otra persona hable con ella en alguna ocasión ya cuando conté las intimidades sexuales sus padres me llamaron a casa y al día siguiente hablamos su madre yo y mis padres porque el padre de mi novia me denuncio y no quería retirar la denuncia. El caso es que me han llamado del juzgado nº1 de Sagunto diciéndome que tengo que ir a declarar el Jueves que tengo la posibilidad de un abogado de oficio o uno por lo privado pero no seme ha informado por los motivos ni nada y no sé si es ante el juez ni que me va a pasar. No se si esto es motivo de que luego me queden antecedentes penales ni nada. El padre de mi ex novia en su bar trabaja una persona contratada bajo mangas sin dar de alta a la seguridad social ni nada. Quiero hacer oposiciones y con antecedentes penales no podría me encuentro muy mal y preocupado aun no se lo he dicho a la familia por no disgustarla.
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Con independencia de que los hechos puedan ser calificados como "delito" o como "falta", en su caso, o bien no fueran tipificados en nuestro Código Penal, le respondo a su consulta. Si le han citado para declarar ante el Juzgado, entonces por supuesto que tendrá que declarar ante el JUEZ. El motivo de la citación será para preguntarle acerca de los hechos denunciados. Si usted quiere conocer exactamente los hechos denunciados antes del jueves, puede encargar a un abogado de la zona para que lo averigüe. Si finalmente le condenan por una falta, no tendrá antecedentes penales pero si, por el contrario, le condenan por un delito entonces sí que tendría usted antecedentes penales. si está usted preparando oposiciones, le aconsejo una buena defensa.
N8
Después de 2 juicios de faltas por amenazas contra unos vecinos que les retiraron una plantación de marihuana, ahora me citan para otra vista de una denuncia anterior a las celebradas (octubre de 2009)y quisiera saber si la puedo retirar porque ya han pasado muchos meses y estos críos no han vuelto a dar problemas desde los anteriores juicios. Me perjudica en algo si la retiro?
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Si usted es la denunciante, en principio, no hay ningún problema si es que quiere usted retirar su denuncia. El día de la vista del Juicio, usted vaya y manifieste que perdona a los denunciados, que no reclama y que desea retirar su denuncia. Si hace esto, debe de saber que se dictará una sentencia de libre absolución para los denunciados, salvo que intervenga el Ministerio Fiscal y quiera continuar con el Juicio. De todos modos, para usted no hay ninguna sanción si quiere retirar su denuncia.
N9
Necesito contratar a un abogado para un caso de acoso escolar. El día 13 debo asistir a la fiscalía de menores. Espero una pronta respuesta por su parte.
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Atendiendo a su petición de cita previa, le contesto: día 1 de julio a las cinco de la tarde, en mi despacho sito en CARTAGENA, calle Tierno Galván, nº 17, entresuelo izquierda. Tráigase la documentación relativa a su consulta. Le ruego que me confirme la cita por medio email.
N10
La novia de mi ex pareja me ha estado amenazando de hace casi un año por una red social: badoo. Al principio me agrego al messenger y se hacía pasar por mi ex pareja para ver que le decía yo. Pero como yo no caí ella empezó a insultarme y a amenazarme. Recientemente me deja comentarios de como que estoy gorda y que estoy hecha polvo, todo esto en la red social para que lo vea todo el mundo. Lo más fuerte que me ha dicho es que me iba a apuñalar si me veía mirando a su novio encima utilizando palabras racistas porque soy extranjera. Todo esto lo tengo guardado así que pruebas tengo. Si denuncio archivaran el caso aunque tenga pruebas de sus amenazas e insultos etc.?
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Las amenazas, las injurias, las vejaciones son conductas tipificadas en el Código Penal y penadas como no podía ser de otra manera. Usted tiene todo el derecho a interponer una denuncia contra quien realice tales conductas, y mi consejo es que si así lo desea pues que lo denuncia aportando las pruebas de que disponga o, al menos, aportando algunos indicios de la autoría de esas conductas y sea el Juez quien lo determine en su momento. Con esto le digo que si usted en su denuncia aporta pruebas o indicios suficientes, su denuncia no se archivaría sino que derivaría en la celebración de un juicio.
N11
Decir que existen problemas familiares de donde hace unos días tuve que abandonar un local donde guardaba el coche, me busqué un local de alquiler para no ver sobre todo al que esta juntado con mi hermana,(que no es ni cuñado),al cabo de los meses, este ¨señor¨ se dedica a pasar por donde guardo yo de nuevo el coche increpando y mirando fijamente con actitud chulesca, y le dije; ahora vas y los CASCAS y él me dijo que era un tiraó, te especifico las denuncias Mutuamente.. Dice: Que todo lo que dice el denunciante ha manifestado que es totalmente falso, que el incidente se encontraba en compañía de su esposa y puede corrabar los hechos, además esta se interpuso entre ambos ya que fue José (cuñado)el que increpo al dicente. Preguntado si profirió insultos como ¨chivato, Quinquillero, Gitano contra José , manifiesta que le dijo; Falso Y chivato, que lo demás es incierto. Que en este mismo acto quiere interponer denuncia contra José (cuñado) ya que los hechos no sucedieron como el denunciante relata, ya que fue este el que insultó al dicente, con palabras como ¨Me cago en tu Puta Madre¨¨Cornudo¨ eres Un tirado y que además fue él que fue provocando la situación ,ya que se encontraba limpiando el coche en la vía publica Y José se dedico a pasar por enfrente de ellos en varias ocasiones siendo conocedor de que existen problemas familiares y esto podía llevar a una confrontación. Que Jose fue él que comenzó la disputa y que el incidente se encontraba en todo momento en compañía de su esposa, la cual fue testigo directo de los hechos y puede corroborarlo. Que lo dicho es cierto en lo que se afirma y ratifica firmando las presentes en prueba de conformidad en unión de las mismas. Preguntas ¿se le puede pedir una indemnización por estas causas? en mi relato de; limpiando el coche en la vía pública, NO FUE así, lo estaba limpiando dentro de un Local con las puertas levantada, fue un fallo... ¿se lo puedo especificar al juez este inciso? La denuncia fue el dia 20-07-2010 ¿cuánto suele tardar en salir el juicio?
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Primero, no cabe dar indemnización, sino que en caso de que el juez lo condenara entonces se le impondría una multa, pero no una indemnización para usted. Segundo, Por supuesto, en la vista del juicio usted podrá hacer todas las aclaraciones que estime oportunas, lo importante es no contradecirse para que el juez le crea a usted, pero eso no impide que usted especifique un poco más la historia de lo que aconteció o aclare algún hecho o explique lo que quiso decir en un principio. Tercero, en cuanto al tiempo que tardaría el Juzgado en celebrar la vista del Juicio, eso depende del volumen de trabajo de cada Juzgado, con todo, lo cierto es que su denuncia es reciente, de todos modos, las faltas prescriben al transcurrir los 6 meses sin actividad procesal, por eso le recomiendo que si usted tiene interés en continuar con este Juicio y ve que se acercan los 6 meses vaya usted al Juzgado a preguntar.
N12
Si ten condenan por sentencia de juicio rápido a 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad (aparte de la multa y retirada de carnet) por conducir bajo los efectos del alcohol y tienes reconocida la incapacidad laboral permanente para realizar cualquier tipo de trabajo, ¿hay que realizarlos? ¿Cómo se puede recurrir o apelar?
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Efectivamente, tendrá usted la obligación de cumplir la sentencia judicial que le condena a realizar los 20 días de
trabajos en beneficio de la comunidad, y el hecho de que usted tenga reconocida una incapacidad laboral permanente no le exime de tal obligación. Dicho esto, por supuesto, y llegado el caso en su
momento, usted podría alegar su incapacidad para ciertos tipos de "trabajos en beneficio de la comunidad" para que el cumplimiento de la sentencia judicial no suponga un quebranto de su salud, de
tal forma que usted pueda cumplir la sentencia realizando aquellos "trabajos en beneficio de la comunidad" que sean compatibles con su situación de incapacidad.
Me pregunta usted cómo se puede recurrir en apelación, plantéaselo a su abogado para que éste dentro del plazo legal lo haga. No tendrá problemas.
N13
Ha amenazado a mi hijo de 3 años con pegarle una persona adulta, pero no tengo pruebas. No sé qué puedo hacer
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Usted puede, en representación de su hijo menor de edad, interponer una denuncia contra ese señor. Interponer una denuncia es gratis y puede acudir a ponerla al Juzgado de Guardia o a la Guardia Civil de su localidad. Otra cosa distinta es que usted no tenga pruebas, como dice en su consulta, y eso mismo es un problema para que en el Juicio aquel señor salga condenado. Sin pruebas no hay condena. Sin embargo, la mera denuncia, a veces, sirve de acicate para que el denunciado no vuelva a molestar. Y si va a interponer una denuncia, describa con precisión los hechos y los posibles testigos que pudieran haber presenciado los hechos, si fuera posible. Y ante todo, recuerde que una denuncia falsa es delito.
N14
Hace 3 años y medio vine a España con un hombre que conocí en mi país el cual su hermana me hizo un contrato de trabajo, vivimos casi un año y tuve maltratos por parte de él que era mi pareja, me fui la noche la mañana y casi sin nada y él estuvo detrás mío muchos meses y me seguía dando dinero sin yo firmar nada por el dinero y como vio que no volvía con él se molestó y ahora que han pasado 2 años y medio que lo deje y resulta que ahora me está cobrando todo lo que gasto en mi desde que me vive de mi país-hace más de 1 año vivo en canarias y la semana pasada fue la policía a buscarme en casa de una amiga cuya dirección di en para mi renovación de tarjeta de residencia y fui a la policía a averiguar y me dijeron que tienen una orden del juzgado número 1 de Valladolid que querían saber mi dirección y le dije que donde estoy ahora estoy de paso y que me mudaba y no sabía a donde. Ahora yo no entiendo porque o para que el juzgado me busca será para alguna notificación de juicio y que pasa si van a buscarme en la dirección que di y yo ya no vivo ahí y no recibo ninguna notificación me podrían seguir buscando?
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Si el Juzgado ha ordenado que se averigüe su domicilio y usted ha facilitado al Juzgado, a través de la Policía, su propio domicilio, es mi consejo que se informe directamente con el Juzgado para conocer la razón de esa orden del juez. Por otra parte, usted puede cambiar de domicilio tantas veces lo desee, salvo que tuviera alguna prohibición para ello. Y es obligatorio comunicar al Juzgado el cambio de domicilio siempre que usted tuviera alguna resolución escrita del juez que le obligue a comunicarlo, y si esa resolución escrita no existe usted puede cambiar de domicilio sin necesidad de comunicarlo a ningún Juzgado.
N15
Tengo 36 años desde los 16 años trabajo un negocio familiar una cafetería trabajamos mi padre, madre yo aparte de 2 empleados.me independice a los 18 con mi propia casa pero me case con 19 tengo una niña de 11 que es mi vida circunstancias de la vida me divorcie hace 5 años y como en casi todos los principios no son fáciles fueron muy duros pero gracias a dios tenemos muy buena relación estoy con mi hija todos los días vivimos cerca y ay buen rollo. La casa era mía pero ella tiene su uso y disfrute tenemos todo legal la separación hace poco le arreglamos las escrituras que ya esta paga y se la pase a nombre de mi hija. Tuve que abandonar el trabajo mis padres me han machacado sicológicamente de mala manera y han abusado de mi todo los que les ha dado la gana siempre he aguantado por que por supuesto son mis padre me dieron la vida y los quiero con locura pero desde el regreso a casa después del divorcio aunque soy muy independiente no me dejo ver mucho intento no molestar y pasar desapercibido pero vivimos en una casa terrera ellos en el primero y yo en el segundo pues como tenía poco con aguantar lo del trabajo que me prometieron cederme el negocio cosa que no va a pasa ni de coña pero así es la vida tampoco lo quiero estoy muy mal aparte de engañarme lleguemos a un acuerdo en su día de asegurme a media jornada puesto que después pasaría autónomo pero siempre he trabajado 11 horas diarias de lunes a sábado libro el domingo empieza el chantaje emocional de mi madre machaque continuo yo siempre he tenido muy claro y bien separado el negocio es una cosa y la familia otra en el trabajo es mi jefe y yo su empleado una vez que salimos ya son mis padres ellos tienen ya una edad el 63 y ella 62 tienen otra mentalidad y su forma de pensar distinta a la mía por supuesto y lo respeto pero ya no aguantaba más y pedí la baja voluntaria me fui del trabajo después de toda una vida incluso los reuní a los dos en su día nos sentamos les expuse mis intenciones les pedí que necesitaba un favor que me iba pero que me hicieran un despido para poder cobrar indemnización tengo 2 años de paro de los cuales percibo 570€ al mes que es mi único ingreso están bien económicamente me lo denegaron y me fui sin un duro pero bueno tampoco es lo importante lo que me duele es que convivo con ellos al divorciarme después de 10 años independiente volver a casa de tus padres es muy duro pero no molesto pero el machaque sigue y cada día peor yo razono mucho mejor que ellos y la última que me han hecho que me cayó como una estocada mortal estoy fatal al conocerlos sus personalidades no me rindo y siempre sin faltar al respeto digo si Mahoma no va a la montaña que la montaña venga a Mahoma mi madre es la clásica que cuando está sola te escupe fuego por la boca pero después te lo niega todo en cuanto esta delante mi padre los reuní y les comente que si por favor podíamos tener una conversación civilizada en familia pero con una condición el portátil grabando nuestra conversación audio y video para que cuando entrara en su amnesia demostrar que no es mentira comprueba lo que dijiste por que la verdad yo sé que no estoy loco les ofrecí esta oportunidad para demostrarlo fue abrir la caja de pandora ahora es peor y por partida doble negativa insultos gritos tremendo puedo hacer algo legalmente? Es muy triste que unos padres te hagan esto estoy hundido yo no quiero nada material de ellos lo prometo estoy dispuesto a renunciar a su herencia y que repartan entre las dos hermanas que tengo que están fuera del negocio y tienen sus vidas nosotros nos reunimos hablamos ellas tampoco lo comprenden me apoyan gracias a dios también son sus padres y saben lo que ay por eso intente grabar la conversación para que todavía queden más asombrada porque una de ellas está entrando en desconfianza por que es increíble las cosa que me hacen y como me maltrataban en el negocio abusando y machacando a su interés de malas formas un ej. De tantos cuando se te antoja te callas porque eres mi hijo punto y cuando te interesa también jodete porque eres un empleado y punto. Siempre los he respetado y aunque siempre acabamos discutiendo y ellos pierden los estribos siempre intento que nos comportemos como persona y dialoguemos alguien me podría decir que puedo hacer solo quiero que nos sentemos y me expliquen por qué me han jodido la vida? Que daño les ha producido su hijo? En que he fallado? Las preguntas clásicas y simples que realizarías a tus padres y que te contesten y te expliquen el motivo solo eso y que como ya nos conocemos que quede grabado para que cuando me diga eso no lo dije yo es mentira sinvergüenza desagradecido porque le haces eso a tus padres te aprovechas de nosotros te hemos dado todo ….el que? No lo entiendo a este paso terminare loco y en el manicomio por más que intento encontrar respuestas no las veo Podría continuar un rato largo que puedo hacer perdón por el bloque muchas gracias y un saludo.
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Posiblemente, en mi modesta opinión, el problema que usted plantea no tenga su solución, o al menos una solución satisfactoria, en el campo del Derecho. Soy de la opinión de que sería muy bueno que saliera de ese espacio donde se encuentra, trate de alcanzar de nuevo independencia económica y recupere su autoestima. A partir de ahí, todo irá mejor. Por otro lado, las vejaciones, las injurias, las amenazas, las coacciones son penadas en nuestro Código Penal, y adquieren mayor gravedad si se producen en el ámbito familiar. Tales situaciones siempre son denunciables ante los Tribunales, aunque existe una premisa que consiste en la intervención mínima del Derecho Penal en el ámbito familiar.
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Muchas gracias por su contesta le agradezco que me haya despejado la duda es lo que he hecho ya le comente que abandone la empresa y estoy en paro como nunca he dejado de trabajar tengo 24 meses llevo casi un año pero me está resultando difícil encontrar trabajo llevo toda una vida en el mismo sitio y me muevo pero como muchos españoles me aprieta la crisis.no merece la pena denunciar aparte que a mis padres aunque me hayan hundido la vida son mis padres no me atrevería tampoco pero siento una gran tristeza que no quieran dialogar y contestar a unas preguntas no lo entiendo lo veo injusto pero así es la vida soy una persona muy luchadora y sé que saldré adelante además me lo tomo a guasa porque ya no tengo lagrimas peor no me puede ir la situación puesto que ya toque fondo hace tiempo de tener una vida media bastante generosa pase a estar en la calle sin nada más mal no me pueden ir las cosas sin más disculpe las molestias y un saludo
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Animo y siempre hacia adelante. Siempre hay un suelo para levantarse y saltar hacia arriba.
N16
A mediados del mes de enero del presente año hice una denuncia ante el ministerio publico por amenazas y lesiones físicas que me ocasiono en ese entonces mi ex novio narre varios hechos se le hicieron llegar 2 citatorios y el no se presento paso el tiempo y lo tuve que seguir viendo debido a que tenía una deuda a mi nombre y tenía que saldarla las cosas se tranquilizaron desde entonces el no me molesto debido a esa denuncia dio un cambio radical y al poco tiempo regrese con el ahorita estamos muy bien y después de varios meses hasta ahora octubre desde enero le hacen llegar el tercer y último citatorio pero yo ya no tengo ninguna represalia con el todo está bien cuando le hicieron llegar eso yo estaba en su casa pero yo por una cosa u otra nunca retire esa demanda ni me informe que había que hacer al respecto el ya saldo la deuda que tenía conmigo y seguimos de novios todo tranquilo mañana se presenta a las 11 am y no sé que es más conveniente que haga si aceptar las culpas o negarlo necesito orientación porque esto se me salió de control.
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Si usted no desea continuar con la denuncia que interpuso, debe de decirlo así y dar las razones que le llevan a eso, debe de retirar la denuncia y no reclamar nada contra él, y además debería no ratificarse en la denuncia, y con ello, prácticamente, salvo que las lesiones físicas sean de gravedad, el procedimiento podría archivarse o bien transformarse en juicio de faltas. También debería manifestar que se han reconciliado y son novios nuevamente, y las relaciones son muy buenas y respetuosas entre ustedes. Lo que nunca debería usted hacer es cambiar su declaración inicial de la denuncia diciendo que denunció usted hechos que ahora no son verdad, porque la denuncia falsa está castigada penalmente. En cualquier caso, el abogado que usted tendrá en el Juicio, por ser un asunto de violencia domestica, tratará de atender a sus pretensiones de continuar la denuncia.
N17
Hace dos meses tuve un contacto con una mujer tan solo dos días aunque nos hablábamos a través de una página de contactos de amistad hacia 20 días. Pues bien, yo soy una persona casada y al observar anomalías en su comportamiento lo deje automáticamente, ella no deja de tratar de conectar conmigo, al ver que no hago caso me manda e-mail con amenazas e insultos a toda mi familia. Tengo todos los e-mail y sms telefónicos. ¿Podría denunciar esta situación? A través de un abogado, o no sería necesario.
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Por supuesto que puede usted denunciar los hechos de que habla (amenazas e insultos, y además también podría usted denunciar vejaciones y coacciones), puesto que tales hechos están contemplados y penados en nuestro Código Penal. Por otra parte, para interponer esta denuncia no hace falta que le asista o le acompañe un abogado, puede usted personarse directa y personalmente en la Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia de su domicilio y allí poner usted la denuncia contra la persona indicada, exponiendo detalladamente los hechos y aportando las pruebas de que disponga, y tratando de facilitar algún domicilio de la denunciada o alguna forma para que la localicen. Si hubieran testigos, dígalo también, y trate de ser preciso en cuanto a las fechas de los hechos.
N18
Tengo una petición fiscal encima, consistente en el pago de 8 euros diarios durante 6 meses, y mi pregunta es si puedo sustituir el pago por trabajos para la comunidad, dado que mis ingresos son muy justos para vivir. En caso contrario, que deberé abonarle mes a mes al juzgado 240 euros, o al final el total o como va?
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La pena de multa no se sustituye por trabajos en beneficio de la comunidad, sino que la multa debe de cumplirse en sus estrictos términos establecidos en la sentencia de condena. Otra cosa distinta es que, en caso de impago voluntario o por insolvencia del penado, si no se paga la multa fijada, entonces el juzgador sustituirá la pena de multa por la pena de privación de libertad (prisión o localización permanente en caso de tratarse de una falta), de tal forma que dos días de multa equivaldría a un dia de privación de libertad. A veces ocurre que el juez sustituye la multa por trabajos en beneficio de la comunidad en dichos supuestos de impago, pero esto es algo menos habitual. En cuanto a la forma de pago, usted puede solicitar el fraccionamiento de dicho pago en base a su situación económica (justificando sus ingresos y sus gastos) y el juez acostumbra a fraccionar el pago de la multa en tantos plazos como el propio juez estime oportuno. Esto aparece claramente regulado en los artículos 50 al 53 del Código Penal.
N19
Le escribo para saber si merece la pena denunciar por amenazas e insultos, ya que el lunes día 1-11-10 a las ocho de la tarde se presenta un vecino con su sobrino argumentando que no le quiero devolver una pelota que ha caído en mi vivienda. Ya en breve comenzó a amenazarme con darme una paliza conjuntamente con vejaciones verbales posiblemente alimentadas por las mentiras de su sobrino (menor conflictivo) alegando que yo le había o le iba a tirar de las orejas con lo que aumenta mi asombro. En el transcurso de la discusión estaba mi novia, la cual no sé si puede ser un testigo y además tuvo que ver algo del espectáculo mi hijo de seis años. A todo esto, la pelota ya apareció aunque no sé si devolvérsela, denunciarlo, o dejar las cosas como están. Es por ello que espero vuestra respuesta.
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Por supuesto, ante unos hechos de amenazas e injurias (insultos), está usted en su derecho a denunciar a su vecino. Se
vería en un juicio llamado JUICIO DE FALTAS, lo que ocurre en estos casos es que ante la versión contradictoria de las dos partes (denunciante y denunciado) el Juez absuelve como regla general.
Por otra parte, usted podría presentar como testigo a su novia pero se trataría de un testigo que puede ser visto por el Juez como testigo parcial en favor suyo por ser su novia, y por tanto no
le daría mucha credibilidad a la declaración de su novia. Los mejores testigos son aquellos que no son ni familia ni amigos íntimos. En relación a su hijo de 6 años, éste no puede ser testigo. Mi
consejo es que si este episodio es un hecho aislado, y antes no habían problemas entre ustedes, pues que no interponga ninguna denuncia, puesto que parece que el hecho en sí no ha ido a mayores
entre ustedes. Ahora bien, si este episodio que cuenta es algo habitual con su vecino, pues no vería mal denunciarlo.
Por cierto, en caso de condena para su vecino, la pena es de una multa.
N20
Yo tengo una gestoría asesoría fiscal-laboral contable. Unos familiares míos me encargaron unos trámites de herencia, el tema estuvo acompañado de un letrado pero yo intervine en el proceso mayoritariamente ya que había que vender los pisos pedir informa etc. durante dos años, no entregaron ningún duro. Resulta que después de dos años se les pasa la factura y ponen muchas pegas pero lo pagan. Pero hace un par de días a través de un foro me está poniendo a caldo, dicen en el foro que barbarides y sobre todo difamando y calumiando para que los clientes no hagan ningún tramite conmigo e incluso tengan cuidado por si les engaño. yo estoy bastante jodido sobre todo porque es un pueblo y ya se ha enterado todo el mundo, duermo fatal intranquilo etc. y sobre todo mi negocio está siendo afectado. Como y de qué manera puedo plantear esto ?
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Las injurias y las vejaciones leves están tipificadas como faltas en nuestro Código Penal, en el artículo 620, y castigadas con una pena de multa. Si las injurias tienen carácter de grave y además se ejecutan con publicidad (por ejemplo, haciéndolo a través de un foro público), entonces, el castigo es mayor y la multa bastante más elevada, conforme se establece en los artículos 208 y 209 del mismo Código Penal, ya que no se consideran como falta sino como delito. La difamación o las expresiones que menoscaben la fama o la dignidad de la persona entran en este supuesto. Es requisito indispensable que usted interponga denuncia. Mayor castigo tienen las calumnias (que es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad), que según los artículos 205 y 206 del Código Penal, vienen castigadas con pena de multa y si la calumnia se hace o propaga con publicidad (por ejemplo, a través de un foro) entonces cabría castigar al calumniador con pena de prisión. Dicho esto, usted podría interponer la correspondiente denuncia aportando las pruebas o algún principio de prueba de la existencia de tales injurias, vejaciones o calumnias y de su autoría, aportando también la prueba de su publicidad. La denuncia dará origen a un juicio donde se condenará o se absolverá al denunciado o acusado. Una denuncia sin pruebas conduce a prácticamente nada, ya que las meras versiones contradictorias del denunciante y del denunciado no son bastante para condenar.
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Lo único y a modo de ejemplo más o menos la indemnización hacia el perjudicado que soy yo en cuanto podría ascender (tengo un negocio y se ha visto reducido) económicamente?, digo esto porque me gustaría saber el gasto en la denuncia con procurador y abogado y lo que podría obtener con esto, ya que aunque se retracten en el foro o públicamente ya no me vale y me gustaría que económicamente que es donde duele, les condenen.
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Trayendo a colación la contestación que le día a su anterior consulta, le comento que si hubiera sentencia de condena, el juez impondría una pena de multa a los acusados. Pues bien, el beneficiario de esta cuantía de la multa es el Estado. Otra cosa distinta es que la propia sentencia de condena pueda también condenar al acusado al pago de una indemnización dineraria en concepto de Responsabilidad Civil en favor del perjudicado; pues bien, esta cuantía dineraria de la indemnización por Responsabilidad Civil sí que la cobraría usted, no obstante, en los supuestos de amenazas y de injurias no es habitual que el Juez condene a Responsabilidad Civil. De todos modos, si usted acredita documentalmente, bien justificado, que las acciones del acusado le han causado un evidente y objetivo daño económico o patrimonial, entonces es posible que lo pueda conseguir una indemnización. Por otro lado, no es preciso que usted se persone con abogado y procurador.
N21
Fui detenido por un delito de violencia domestica por insultar a mi mujer, luego el juicio quedo por faltas y me condenaron a 4 días de localización permanente y una orden de alejamiento de 6 meses, mi pregunta es si eso me conlleva a antecedentes penales? y sé que se pueden cancelar los antecedentes policiales, pero no sé si las huellas de la reseña se pueden borrar del said de la base de datos de huellas de la policía.
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Lo importante no es como comienza un procedimiento pena, sino como termina, es decir, que si usted fue detenido como un presunto autor de un delito y finalmente se le condenó por una falta, entonces, la condena por una falta no le supondría ningún tipo de antecedentes penales, ya que las faltas no producen antecedentes penales. En conclusión, los antecedentes penales aparecen cuando existe una condena firme por delito. Cosa distinta son los antecedentes policiales, ya que éstos si que se producen, pero existe un procedimiento para que cancelar dichos antecedentes policiales, sin embargo el registro de las huellas no se eliminan o cancelan.
N22
Mi problema es el siguiente, mi ex-pareja estuvo en prisión cerca de 1 año en Portugal por un delito de tráfico de drogas en el cual incautaron mi vehículo que está a nombre de los dos, en el vehículo no encontraron nada de droga y finalmente el salió absuelto en un juicio de instrucción pero ya han pasado dos meses y el juzgado no me quiere devolver el coche porque el fiscal ha puesto un recurso para que se celebre el juicio ordinario y según me dice el abogado el coche no me lo darán hasta que no este el caso completamente cerrado, mi consulta es si realmente se pueden quedar con ese coche que tb esta a mi nombre si realmente el coche no está pagado y tb es mío que yo no tengo absolutamente nada que ver
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Si el procedimiento penal aún no está finalizado porque se encuentre pendiente de resolverse el recurso del Ministerio Fiscal, entonces es perfectamente legal que el juez mantenga retenido el vehículo que pertenece al imputado o acusado, aunque dicho vehículo también le pertenezca a usted. De todos modos, mi consejo es que usted, que no es parte en el procedimiento penal, solicite por escrito la devolución del vehículo, acreditando que usted es también titular del mismo, que viene usted pagando el préstamo de la compra del vehículo, que este vehículo es necesario para su trabajo o para su vida diaria (por ejemplo para llevar los niños al colegio, enfermos en casa, ...), acreditando también los perjuicios económicos o de otro tipo que le causa la retención del citado vehículo
N23
Estoy divorciada hace tres años, la custodia de las niñas de 9 y 7 años de edad, me la concedieron a mí. Mi hija de 9 años esta acudiendo a un Psiquiatra, problemas de aprendizaje, agresividad verbal hacia mí. (El padre y el abuelo les pone en contra mía), no puedo demostrar esta manipulación hacia las niñas, así que grave las conversaciones telefónicas y mi sorpresa, cuando el padre de las niñas le dice: no tomes la medicación, es para gente que está mal de la cabeza...., además de preguntarles si yo estoy delante, oh que no se entere mama que os digo esto sino se enfadara. Mi pregunta: donde debo de acudir, y yo como madre puedo presentar esas grabaciones.
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Puede usted acudir al Juzgado de Guardia para denunciar estos hechos, por si los mismos pudieran ser constitutivos de un delito o falta, debiendo llevar las grabaciones por si fueran oportunas. Por otra parte, en su mano también estaría el acudir a la vía civil para solicitar una modificación de las medidas relativas al régimen de visitas del padre o de los abuelos paternos, aportando la denuncia, los informes psiquiátricos e incluso solicitando al Juzgado nuevos informes psiquiátricos o psicológicos de la menor. Si la gravedad de los hechos así lo requiere, le aconsejo que acuda o solicita un abogado que la oriente.
N24
El 22 de diciembre puse una denuncia falsa a mi ex pareja fuimos ajuicio le dieron orden de alejamiento tenemos una niña de 7años que la ve cada 8 días le ingresa todos los meses su manutención y la niña lo adora, yo ahora vivo en Alemania y no puedo con el cargo de conciencia, en su momento lo hice por enfado por celos, sé que es un delito y está castigado en el código penal el chico es extranjero y le han denegado sus papeles y ahora que yo vivo mi vida aparte y bien no es justo tanto daño que he causado, por favor que puedo hacer ¿me llevarían ala cárcel? he querido ir al juzgado pero meda miedo.
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El falso testimonio en causa judicial está penado en nuestro Código Penal, en su artículo 458, con pena de prisión y pena de multa. Es un delito grave. Si, además, el falso testimonio lo es en causa criminal y ha recaído sentencia de condena contra el acusado, en tal caso las penas de prisión y de multa se elevan en un grado. Obviamente, lo que usted hizo NO DEBE DE HACERSE NUNCA, BAJO NINGUN CONCEPTO. Lo correcto, por su parte, sería personarse en el Juzgado donde se dictó la condena y explicar lo que pasó para que el allí condenado tenga la oportunidad de que se revise su condena y se declare su inocencia. Lógicamente, este paso daría lugar a que se abriera contra usted unas actuaciones penales por falsa denuncia en causa criminal.
N25
Tuve un accidente el día 18 de agosto de este año...yo iba de acompañante en el coche de la persona que tuvo la culpa, ya que colisionó en la parte trasera del otro vehículo y me han dicho que consulte con un abogado para la indemnización..
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Le aconsejaron muy bien, es lo correcto. Mire usted, para interponer la denuncia judicial por el accidente de tráfico tiene usted un plazo de 6 meses desde la fecha del accidente, es decir que si sufrió el accidente el día 18 de agosto de 2.010, tiene hasta el día 18 de febrero de 2011 para denunciar los hechos y reclamar una indemnización. La indemnización deriva, básicamente, de las lesiones sufridas en el accidente. Es aconsejable que sea asesorada por abogado y atendida por el médico.
N26
En casa vivimos mi hermana, yo y un amigo. Mi hermana salió con el hasta entonces su novio y llegaron a la madrugada, al poco rato a pesar de yo estar dormido escuche una discusión, donde mi hermana le pedía su celular, el chico algo ebrio no se lo queria devolver, mi amigo fue a ayudar a mi hermana pero sin agredir al novio de ella, el chico seguía haciendo caso omiso a lo que pedía mi hermana, entonces sali yo y le pedi el celular no hizo caso, lo tire al suelo y sin golpearlo le volvi a pedir, no hizo caso, deje que se levantara se lo pedi y no hacia caso y empezó a insultar y hablar mal de mi hermana, lo agarre del cuello y pedi que le diera el celular, el muchacho agarro el celular y lo tiro con mucha maldad contra el suelo rompiéndolo totalmente, todo esto sucedía aun dentro de mi casa en el patio delantero, en ese momento reaccione y lo golpee mucho, pues realizo esto a pesar de advertirle y pedirle de todas formas que no hiciera nada pues lo iba a agredir, el muchacho es mayor de edad tiene 23 años y yo 28, al parecer por lo que me dijo mi amigo le deje el rostro muy golpeado, pues yo no pude verlo al separarme y no querer acercarme mas para no ser mas agresivo. Mi consulta es ¿que denuncia me puede hacer y como debo responder yo en este caso para defenderme? teniendo en cuenta que vivo en argentina y soy extranjero, mi DNI de extranjería aun llega en 5 meses y tengo una residencia precaria de 2 años. Le pido encarecidamente me ayude con esta consulta, esto sucedio hace 4 horas y estoy nervioso pues no soy una persona de pelear de hecho es la primera vez que reacciono asi en mi vida,
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De existir lesiones (las cuales se acreditarían con un informe médico), cabría interponer una denuncia por lesiones, las cuales según su gravedad podrían calificarse como falta o como delito. Si aquel chico le denunciara por lesiones, mi consejo es que contara usted con la colaboración de los testigos (su hermana y su amigo) para afianzar su versión de los hechos, y que además cuenta usted con un dato a su favor y es que los hechos ocurren dentro de su vivienda. Estos son datos que bien administrados por su abogado defensor le van a beneficiar de cara a su defensa. Por supuesto, si usted asume desde el principio que agredió al chico, conforme me cuenta los hechos, tenga por seguro que el Juez le va a condenar. En España, el acusado puede no responder a las preguntas del Juez e incluso puede mentir en su declaración y ello no le supone ninguna pena complementaria. Por último, debe usted tener en cuenta que una condena penal por delito supondría tener antecedentes penales y ello le dificultaría para serle reconocida una tarjeta de residencia legal en España.
N27
Tengo una petición fiscal encima, consistente en el pago de 8 euros diarios durante 6 meses, y mi pregunta es si puedo sustituir el pago por trabajos para la comunidad, dado que mis ingresos son muy justos para vivir. En caso contrario, que deberé abonarle mes a mes al juzgado 240 euros, o al final el total o como va?
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La pena de multa no se sustituye por trabajos en beneficio de la comunidad, sino que la multa debe de cumplirse en sus estrictos términos establecidos en la sentencia de condena. Otra cosa distinta es que, en caso de impago voluntario o por insolvencia del penado, si no se paga la multa fijada, entonces el juzgador sustituirá la pena de multa por la pena de privación de libertad (prisión o localización permanente en caso de tratarse de una falta), de tal forma que dos días de multa equivaldría a un dia de privación de libertad. A veces ocurre que el juez sustituye la multa por trabajos en beneficio de la comunidad en dichos supuestos de impago, pero esto es algo menos habitual. En cuanto a la forma de pago, usted puede solicitar el fraccionamiento de dicho pago en base a su situación económica (justificando sus ingresos y sus gastos) y el juez acostumbra a fraccionar el pago de la multa en tantos plazos como el propio juez estime oportuno. Esto aparece claramente regulado en los artículos 50 al 53 del Código Penal.
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Me han condenado al pago de 360 euros de multa, 4 euros/ dia durante, 3 meses. Ya la he pagado en el Banesto. Mi pregunta es que según me dijo el letrado defensor, tenia DOS años de antecedentes penales. ¿Tengo que preocuparme por ello en exceso? ¿Puedo estar tranquilo? Me explico, soy una persona normal, es decir que no me meto en líos, de hecho este es el primero en que me he visto involucrado. Ni peleas, ni drogas, ni delinquir, ni atentar contra la integridad de nadie. Eso no va conmigo. Creo que algunos delitos de trafico, tambien son considerado delitos, pero no bebo alcohol, ni conduzco temerariamente. Soy prudente. Supongo que las sanciones normales por infracciones como aparcamientos indebidos y similares, no se tendra en cuenta... ¿Que tipos de delitos son los considerados penales , esos? ¿En qué me puede afectar por tanto el hecho de tener antecedentes, y transcurridos los dos años, como puedo eliminarlos?
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Los antecedentes penales son algo fundamental cuando se pretende renovar una tarjeta de residencia, por ello, el hecho de tener en vigor antecedentes penales no es un tema baladí. Por supuesto, siempre cabe cancelarlos cuando llegue el momento oportuno, y reuniendo unos requisitos. Una vez transcurrido el periodo de tiempo establecido, que se lo habrá dicho su abogado defensor, es necesario acudir al Juzgado para solicitar personalmente la cancelación de los citados antecedentes penales. Por otra parte, todos los delitos tienen la consideración de penales, es decir, el Código Penal español distingue entre faltas y delitos. Las faltas son hechos menos graves y no conllevan antecedentes penales, pero los delitos son más graves y sí que crean antecedentes penales.
N28
Mi vecino me denuncio porque dice que yo le ralle la moto con un punzo y el cuarto donde deja la moto es de tres y dice que yo le deje la llave a un extraño y es mi hija lo que pasa es que el vive ahí por un pacto que izo su abuela en 20 años no se han preocupado del cuarto y yo e echo reformas que estaba cayendo y se han negado a pagar mi hija estaba de testigo es mayor de edad puedo llevarla como testigo mío.
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Efectivamente, si su hija es mayor de edad, como usted dice, ésta puede declarar como testigo en el juicio. No hay ningún problema en que su hija declare como testigo ante el Juez. Pero, recuerde que los testigos que sean familiares o personas con interés en que usted gane el juicio, tendrán ante el Juez menos credibilidad que si el testigo fuera un vecino, por ejemplo.
N29
En el 2007, me pegue con otro chico pero mutuamente, yo perdí el juicio y le tuve que indemnizar. Cuando termine de pagarles, volvieron y pusieron otra denuncia diciendo que yo les estaba amenazando salió el juicio y también lo ganaron. Después otra denuncia por amenazas en las que pedían protección para ellos y sus hijos, la cual no se la concedieron. Al cabo de 2 años ha salido y me han embargado el coche hasta que salga el juicio. Están mintiendo todo el rato y a mí me están arruinando la vida como puedo hacer para terminar con todo esto por favor necesito la respuesta urgente. Ha el abogado que les lleva el caso ha ellos es familiar suyo.
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Me parece extraño que, por un juicio sobre amenazas, le hayan embargado el coche. Y le digo esto porque usted me dice que el juicio sobre lesiones ya terminó usted de pagar la condena. Por lo que usted me dice en su consulta, es imprescindible tener más información acerca de los procedimientos judiciales en los que usted aparece como denunciado o demandado. Por supuesto, su abogado que le lleva estos procedimientos, como conocedora de todo lo que aparece, es la persona más apropiada para defender sus intereses. En cualquier caso, para que yo le pueda asesorar, necesitaría mas información acerca del asunto de su consulta.
N30
Estoy de juicio penal con mi ex novio por coacción y amenazas sobre mí y ahora me sale con las cuentas de correo que el voluntariamente me daba sus contraseñas yo nunca se las robé ya que él me las dio y el sabia las mías, al cortar con el borré todas mis cuentas y cambié las contraseñas de él para que jamás se pusiera en contacto conmigo como hacia siempre que le dejaba y me coaccionaba por emails y chantajeaba, borré todo de él para hacer nueva vida todo eso antes de que viniera a mi casa y le denunciase por coacción, ahora me pide su abogada sus contraseñas o me denuncia por lo penal y le he devuelto las 3 que recuerdo pero me falta una la de Hotmail que me la han bloqueado al no recordarla e intentar acceder varias veces para restablecerle la suya y devolvérsela..Mi pregunta es puedo ir a la cárcel como dice su abogada de 1 a 4 años por no acordarme solo de una cuenta habiéndole devuelto 3?
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La respuesta es no. Por supuesto, me falta más información para poder concretarle más, pero por la información que usted me da al respecto hasta le diría que sería muy complicado que una denuncia contra usted por ese motivo derivara en una sentencia de condena. Y, por supuesto, olvídese de una condena de cárcel, y le digo más, si el abogado de su ex novio le amenaza a usted o la intimida diciéndole que va a ir a la cárcel, ponga usted una queja contra ese abogado en el colegio de abogados. Estoy seguro que su abogada de oficio le asesorará debidamente y, en caso de que la denuncien por ese motivo, usted no se preocupe, seguramente todo le saldrá bien.
N31
Hace aprox. 8 años tuve un accidente de coche. No hubo alcohol, ni drogas. Un matrimonio salió a la carretera para cruzar y pasaba yo. Resultado de muerte. A los 4 años salió el juicio y me retiran el carnet 5 años y 24 meses de cárcel que no cumplí al no tener antecedentes. Perdí mi trabajo, etc. Ahora sobrevivo como autónomo malamente con problemas en casa, con la familia etc. No tenga ya quien pueda llevarme o ayudarme en el trabajo (soy fontanero) No puedo pagar un sueldo a un chófer. Mi pregunta es si se pudiera solicitar una reducción de la pena que me queda (1 año de retirada) había leído algo sobre una ley del indulto o algo así.
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El indulto es siempre una posibilidad para solicitar del Gobierno una reducción de la condena, conmutarla o anularla total o parcialmente. En su caso concreto, me temo que no es posible solicitar un indulto como usted me pregunta. Al haberle sido retirado el carnet de conducir perdiendo su vigencia, tendrá usted que cumplir con la pena impuesta. En cualquier caso, el abogado que le defendió en el juicio tendrá mayor conocimiento de sus circunstancias personales para que le asesore debidamente.
N32
Tengo un juicio de faltas por, según consta en la denuncia, amenazar e insultar mediante un manuscrito, a unos vecinos. Evidentemente esto es totalmente falso. ¿Que he de hacer?
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Obviamente, usted puede y debe defenderse en el acto del Juicio. Además tiene usted el derecho de que le asista y defienda un abogado. Tenga usted en cuenta que quien acusa o denuncia debe, en el Juicio, probar su culpabilidad y no al revés. Es decir, usted no debe de probar que es inocente, sino que el denunciante es quien debe de probar que usted es culpable. Dicho esto, le aconsejo que, en el acto del Juicio, usted aporte un relato de los hechos coherente negando las acusaciones sin género de dudas, y si tiene la posibilidad de aportar pruebas de que lo que usted dice es la verdad (como por ejemplo, testigos, documentos), pues le aconsejo que los lleve al Juicio.
N33
Tengo un juicio de faltas por, según consta en la denuncia, amenazar e insultar mediante un manuscrito, a unos vecinos. Evidentemente esto es totalmente falso. ¿Que he de hacer?
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Obviamente, usted puede y debe defenderse en el acto del Juicio. Además tiene usted el derecho de que le asista y defienda un abogado. Tenga usted en cuenta que quien acusa o denuncia debe, en el Juicio, probar su culpabilidad y no al revés. Es decir, usted no debe de probar que es inocente, sino que el denunciante es quien debe de probar que usted es culpable. Dicho esto, le aconsejo que, en el acto del Juicio, usted aporte un relato de los hechos coherente negando las acusaciones sin género de dudas, y si tiene la posibilidad de aportar pruebas de que lo que usted dice es la verdad (como por ejemplo, testigos, documentos), pues le aconsejo que los lleve al Juicio.
N34
Tengo un hijo q tiene 25 años en el año 2006 tuvo un accidente en el coche de el pero lo conducía sin carnet de conducir y con alto grado de alcohol ,después en el año 2007 lo cogió la policía en compañía de otro chico el cual el chico estaba robando a unos extranjeros ,mi hijo estaba demasiado borracho y se encontraba en el coche y el no sabía q este chico estaba robando ,cuando el vio fue q su amigo lo estaban pegando cuando en ese momento llego la policía y lo implicaron en este ,después tuvo otro accidente en el año 2008 el cual también estaba con un grado de alcohol muy alto en este accidente se choco con 3 coches más ,pero no hubo heridos solo destrozos materiales esto también sin carnet de conducir ,sin permiso de residencia y con una carta de expulsión .el coche figuraba con el nombre del padre y claro al preguntarle al padre q si él se lo había prestado el padre dijo q no pues en la policía dijeron que este había sido robado. Mi pregunta es si mi hijo con todos estos casos pendiente xq el no se encuentra aca esta en Colombia esto son antecedentes penales o judiciales y q se puede hacer ante esto ? gracias por su colaboración
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Los antecedentes penales aparecen cuando una persona ha sido condenada por el Juez con sentencia firme, mientras que los antecedentes policiales son aquellos que aparecen cuando la policía abre diligencias por la comisión de unos hechos presuntamente delictivos. En el caso de su hijo, es seguro que tiene antecedentes policiales, y tendrá también antecedentes penales cuando haya sido enjuiciado y condenado por el Juez con sentencia firme. Por lo tanto, si su hijo ha sido condenado es seguro que tiene también antecedentes penales. No le quepa duda. En segundo lugar, me pregunta que es lo que se puede hacer ante esto, pues siempre cabe la posibilidad de cancelar todos los antecedentes policiales y los antecedentes penales, una vez haya transcurrido el plazo legalmente establecido para ello además de cumplir con otros requisitos. En España, para cancelar los antecedentes penales existen los siguientes plazos: 6 meses para las penas leves, 2 años para las penas que no excedan de 12 meses y para las penas por delitos imprudentes; 3 años para el resto de penas menos graves; 5 años para las penas graves. Se regula en los artículos 136 y 137 del Código Penal. Para cancelar los antecedentes policiales hay que acreditar el archivo o sobreseimiento de la causa penal o la sentencia absolutoria o el transcurso del tiempo mencionado.
N35
Quisiera hacerle una consulta, me han puesto una denuncia falsa por amenazas telefónicas, según el denunciante de muerte y un montón de barbaridades mas, ya he declarado en la policía y he dado mi versión. Es la primera vez que me pasa algo de esto, y fue a raíz de que el denunciante agredió a mi hija junto con su madre y dos amigos, supongo que es un mecanismo de defensa por si mi hija le denunciaba. ¿Qué es lo que tengo que hacer ahora? ¿Es conveniente que me acompañe un abogado, aunque en comisaría me han dicho que no? Estoy indignadísima de ver como la gente puede inventarse las denuncias sin miedo alguno de mentir.
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Respecto de la denuncia por amenazas que le han puesto, debe usted esperar a que el Juzgado de Instrucción la cite para celebrar un juicio, que con toda seguridad sería un juicio de faltas por amenazas. Los juicios de faltas son muy sencillos y las penas son leves. La falta de amenazas está castigada en nuestro Código Penal en el artículo 620.2, con una pena de multa de escasa cuantía. En todo juicio, siempre es conveniente que asista un abogado que defienda al denunciado, aunque, efectivamente, en los juicios de faltas no es preceptiva la intervención de abogado, por lo que el denunciado puede asistir al juicio de faltas sin abogado, el problema es que si usted no acude al juicio con su abogado defensor los medios de prueba de que dispone son mas limitados. Le recomiendo que si la citan al juicio, si usted se encuentra desempleada, se lleve al juicio el documento que diga que usted no trabaja, por si acaso la condenaran a una multa para que ésta sea la mínima posible.
N36
Hoy, 17.03.11, he recibido insultos y amenazas de un energúmeno fascista homófobo en plena calle. Al entrar en un local de apuestas (lotería), y tras la tardanza, mi comentario ha sido: joder que lentos, a lo que el personaje se ha girado gritando: un poco de educación, mientras gemía, suspiraba... cual animal en celos... el personaje comentó: bueno, voy a repetir la primitiva, como para alargar más su triste existencia... y yo preocupado! mi comentario. total me he ido sin hacer la primitiva. Al salir, el tipo ha salido detrás, gritando: vaya educación "maricon".. repetidas veces, con testigos flipando al igual que yo. Podríamos habernos partido la cara allí mismo, pero se cual es la repercusión de tales actos, entonces al tomar nota de su matrícula, moto, ha aumentado su carácter animal, haciendo incapié en su reducido vocabulario, repitiendo fácilmente los insultos y amenazando con quien era..??.. y cuál podía ser la repercusión con respecto a mi. Desearía saber que denuncia/s puedo realizar
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Usted tiene el derecho a interponer una denuncia contra aquel señor por INJURIAS (insultos proferidos contra usted) y también por AMENAZAS. Le recomiendo que si va a interponer una denuncia contra ese señor, haga constar en su denuncia los siguientes datos, los más concretos posibles: el nombre completo del denunciado, y en su defecto (como imagino que lo desconocerá usted) diga la matrícula de su vehículo para que se le pueda identificar; describa físicamente al denunciado; diga todas las palabras textuales de los insultos y de las amenazas; diga donde se produjeron los hechos y el día y la hora; diga si hubo testigos y aporte los nombre si lo sabe. Para interponer la correspondiente denuncia, puede acudir a la Guardia Civil, a la Policía o directamente (es lo más rápido) al Juzgado de Guardia de la localidad donde se produjeron los hechos. Las injurias y las amenazas se regulan en nuestro Código Penal, en el artículo 620, e impone multas de diez a veinte días.
N37
Hoy, 17.03.11, he recibido insultos y amenazas de un energúmeno fascista homófono en plena calle. Al entrar en un local de apuestas (lotería), y tras la tardanza, mi comentario ha sido: joder que lentos, a lo que el personaje se ha girado gritando: un poco de educación, mientras gemía, suspiraba... cual animal en celos... el personaje comentó: bueno, voy a repetir la primitiva, como para alargar más su triste existencia... y yo preocupado! mi comentario. Total me he ido sin hacer la primitiva. Al salir, el tipo ha salido detrás, gritando: vaya educación "maricon".. Repetidas veces, con testigos flipando al igual que yo. Podríamos habernos partido la cara allí mismo, pero se cual es la repercusión de tales actos, entonces al tomar nota de su matrícula, moto, ha aumentado su carácter animal, haciendo hincapié en su reducido vocabulario, repitiendo fácilmente los insultos y amenazando con quien era..?.. Y cuál podía ser la repercusión con respecto a mí. Desearía saber que denuncia/s puedo realizar.
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Usted tiene el derecho a interponer una denuncia contra aquel señor por INJURIAS (insultos proferidos contra usted) y también por AMENAZAS. Le recomiendo que si va a interponer una denuncia contra ese señor, haga constar en su denuncia los siguientes datos, los más concretos posibles: el nombre completo del denunciado, y en su defecto (como imagino que lo desconocerá usted) diga la matrícula de su vehículo para que se le pueda identificar; describa físicamente al denunciado; diga todas las palabras textuales de los insultos y de las amenazas; diga donde se produjeron los hechos y el día y la hora; diga si hubo testigos y aporte los nombre si lo sabe. Para interponer la correspondiente denuncia, puede acudir a la Guardia Civil, a la Policía o directamente (es lo más rápido) al Juzgado de Guardia de la localidad donde se produjeron los hechos. Las injurias y las amenazas se regulan en nuestro Código Penal, en el artículo 620, e impone multas de diez a veinte días.
N38
Soy española y marido es ecuatoriano, el estuvo viviendo 10 años en España los cuales siempre tuvo su residencia hasta que un día cayó preso por un delito de robo, del cual lo condenaron A 8 años de prisión.. El cumplió 3 pero le dieron la libertad provisional por algo que aun no estaba claro del todo y estaban recurriendo al supremo. La cuestión es que nos vinimos a vivir a su país y nos Hemos casado. A los 6 meses nos avisan de que tiene que volver a entrar a cumplir los 5 años que le quedan. Y ahora mi pregunta es: tal y como están las cosas ahora en España que posibilidades hay de que cumpla los 5 años de condena y luego NO lo deporten a su país?? Nosotros queremos hacer nuestra vida en España y no sé si estando casados lo pueden deportar.. Si lo llegan a deportar no podría volver hasta los 10 años.. Actualmente no tiene papeles .. Puesto que le caduco la residencia y no pudo renovar Me gustaría me ayudara para saber que tenemos que hacer, o qué posibilidades hay para que No lo expulsen tras el cumplimento de su condena.
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Si su marido se encontrara en España con una orden de ingreso en prisión para cumplir cinco años de cárcel recaídos en sentencia firme, entonces su marido será obligado a ingresar en prisión. Una vez cumpla la pena impuesta, su marido quedaría libre pero a expensas de ser expulsado de España por encontrarse irregularmente. Cumplida la pena la prisión, aunque se encuentre casado con española, al encontrarse irregular y tener antecedentes penales, su marido podrá ser expulsado de territorio nacional. Por otro lado, si ustedes se casaron en Ecuador, para que su matrimonio sea reconocido en España a los efectos de solicitar la residencia del esposo ecuatoriano, deben de registrar dicho matrimonio en el Registro Civil Español. Por último, comentarle que en el procedimiento penal, su marido tuvo un abogado que le defendió en el juicio, pues le recomendaría que, una vez en España, acudiera a éste, para estudiar con detalle la situación concreta de su esposo.
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Sr José Antonio, gracias por su respuesta. Decirle que nosotros de por supuesto tenemos pensado legalizar el matrimonio en España apenas el entre en prisión, pero no me queda claro si una vez registrado el matrimonio y le den la residencia aun puede ser expulsado? o será que difícilmente podrá obtener la residencia?
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Me remito expresamente a mi anterior respuesta. En cualquier caso, le comento que por las circunstancias que me comenta de su marido, efectivamente, será muy difícil que pueda obtener la residencia legal en España, al tener antecedentes penales.
N40
Yo fui detenido por un delito de malos tratos por pegar a mi mujer el juez mi condeno por 40 días de trabajos en beneficios de la comunidad y un año y cuatro meses del derecho a la tenencia y prohibición de porte de armas y 2 años de prohibición de comunicación y aproximación a menos 300 metros la sentencia es firme mi pregunta es si eso mi conlleva a antecedentes penales ?porque eso pasa en el mes de octubre de 2010 y en el mes de agosto tengo que renovar mi tarjeta de residencia. por favor ayúdame yo soy marroquí estoy muy preocupado y por otra parte usted puedes quitar la orden de alejamiento rápidamente y cuanto cobras por eso ?porque mi mujer y yo queremos volver a vivir juntos gracias no duermo por la culpa de ese asunto
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En España, cualquier condena penal por delito da lugar a tener antecedentes penales, siempre. Esto es muy importante, porque para solicitar Autorización de Residencia y Trabajo en España o para renovar una Tarjeta de Residencia, siempre es requisito el carecer de antecedentes penales. Cabe la posibilidad de que cuando le toque renovar su Tarjeta de Residencia todavía no se encuentren actualizados sus antecedentes penales, sería una posibilidad remota pero posible, entonces podría renovarla al menos en esta ocasión. Esto lo sabrá cuando vaya a solicitar la renovación de su Tarjeta. Respecto a la pena de alejamiento impuesta en la sentencia, no cabe quitarla porque es una pena firme y habrá de cumplirse íntegramente.
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Gracias por la respuesta pero no entiendo mucho puedes explicarle mas por favor yo tengo antecedentes penales ahora? la semana pasada mi mujer quita la denuncia. Un abogado ma dicho solicitar un indulto para quitar el orden de alejamiento.
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Ya le comenté que si usted ha sido condenado por un delito y su sentencia es firme, eso significa que ya tiene antecedentes penales. Por otra parte, el indulto nunca hace desaparecer los antecedentes penales.
N41
He denunciado a un hombre por amenazarme por sms móvil, y por gravarme sin yo saberlo mientras mantenía relaciones sexuales con el, son amenazas de tipo "ya sabrás lo q te va a pasar" entre otras y tb amenaza con colgar el video en la red. Bien, por esto he denunciado, y se iba a celebrar un juicio por faltas. Un día antes del juicio me llaman de los juzgados para decirme que no acuda porque el denunciado presento un parte médico por el cual no puede acudir, a mi al mosquerame todo, me presente a la hora citada igualmente, pues para mi sorpresa vi al denunciado el dia del juicio rodeando por ahí, cuando había dicho q no podía ir. Me han vuelto a citar, en un segundo intento para celebrar este juicio, pero es que faltando unos días, me vuelven a llamar diciendo que se vuelve a cancelar porque el denunciado no puede acudir. Tengo la impresión de que este hombre de alguna manera está evitando el juicio y me gustaría saber hasta que punto es posible eso? además creo que tiene amigos en el juzgado del su pueblo donde se celebrara el juicio, no se qué hacer...y quería saber tb en el caso que se celebre, cual es la pena que podría llegar a pagar? porque claro tiene un video en su poder que nadie le va a quitar y con el cual puede hacer lo que quiera...
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Si el denunciado está citado debidamente para celebrar el Juicio, llegado el día de la vista del Juicio, deberá celebrarse. Es verdad que el Juez puede suspender la vista del Juicio por alguna causa justificada de que el denunciado no pueda comparecer, como digo por algún motivo justificado (por estar enfermo, por ejemplo). Si el denunciado ha pedido suspender el Juicio ya en dos ocasiones, parece obvio que está evitando la celebración del Juicio, y es de suponer que el propio Juez no conceda mas suspensiones o al menos tome alguna medida para su celebración. Debe usted tener cuidado de que entre cada trámite que haga el Juzgado no transcurra más de 6 meses, puesto que si transcurrieran mas de 6 meses, tenga por seguro que la supuesta falta cometida por el denunciado habría prescrito y ya no podría ser juzgado ni condenado. Por otra parte, en cuanto a la pena a imponer en el caso de que el denunciado sea condenado, entonces podría ser condenado por una falta de amenazas o de coacciones del artículo 620 de nuestro Código Penal, y la pena sería de multa de 10 a 20 días, a razón de determinados euros por día, por ejemplo si cada día son 6 euros entonces la multa sería de 60 a 120 euros.En el Juicio, usted debe de pedir además la destrucción del video que dice existe.
N42
Tengo un vecino que a cada momento me está mandando la policía y guardia civil, lo último me ha denunciado porque dice que le he insultado cuando fue lo contrario pero cuando fue el juicio llevo a su mujer y otro testigo falso y a los que había nombrado en la citación no fueron. y me han puesto una multa. Me he enterado que me esta grabándome todos mis movimientos, pero no puedo delatar a la persona que me lo ha dicho. ¿Qué puedo hacer, y cuál sería el delito y la pena?
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Si, con la actitud de su vecino, usted se siente amenazado o coaccionado o injuriado o vejado injustamente, tiene usted derecho a interponer una denuncia contra este vecino en el Juzgado de Guardia o en la policía. El artículo 620 de nuestro Código Penal castiga la amenaza, la coacción, la injuria y la vejación injusta con multa de 10 a 20 días. Si interpone denuncia, sería recomendable que aporte usted alguna prueba o indicio de la autoría de la supuesta falta cometida por su vecino. En estos Juicios, los testigos son importantes pero no es una prueba definitiva. Por último, decirle que, en principio, no es ilícito el grabar a una persona mientras ésta se encuentra en el calle, lo que no es lícito es grabarla cuando se encuentra en un espacio privado o lo haga con fines ilícitos. He denunciado a un hombre por amenazarme por sms móvil, y por gravarme sin yo saberlo mientras mantenía relaciones sexuales con el, son amenazas de tipo "ya sabrás lo q te va a pasar" entre otras y tb amenaza con colgar el video en la red. Bien, por esto he denunciado, y se iba a celebrar un juicio por faltas. Un dia antes del juicio me llaman de los juzgados para decirme que no acuda porque el denunciado presento un parte médico por el cual no puede acudir, a mi al mosquearme todo, me presente a la hora citada igualmente, pues para mi sorpresa vi al denunciado el dia del juicio rodeando por ahí, cuando había dicho q no podía ir. Me han vuelto a citar, en un segundo intento para celebrar este juicio, pero es que faltando unos días, me vuelven a llamar diciendo que se vuelve a cancelar porque el denunciado no puede acudir. Tengo la impresión de que este hombre de alguna manera está evitando el juicio y me gustaría saber hasta que punto es posible eso? además creo que tiene amigos en el juzgado del su pueblo donde se celebrara el juicio, no se qué hacer...y quería saber tb en el caso que se celebre, cual es la pena que podría llegar a pagar? porque claro tiene un video en su poder que nadie le va a quitar y con el cual puede hacer lo que quiera...
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Si el denunciado está citado debidamente para celebrar el Juicio, llegado el día de la vista del Juicio, deberá celebrarse. Es verdad que el Juez puede suspender la vista del Juicio por alguna causa justificada de que el denunciado no pueda comparecer, como digo por algún motivo justificado (por estar enfermo, por ejemplo). Si el denunciado ha pedido suspender el Juicio ya en dos ocasiones, parece obvio que está evitando la celebración del Juicio, y es de suponer que el propio Juez no conceda mas suspensiones o al menos tome alguna medida para su celebración. Debe usted tener cuidado de que entre cada trámite que haga el Juzgado no transcurra más de 6 meses, puesto que si transcurrieran mas de 6 meses, tenga por seguro que la supuesta falta cometida por el denunciado habría prescrito y ya no podría ser juzgado ni condenado. Por otra parte, en cuanto a la pena a imponer en el caso de que el denunciado sea condenado, entonces podría ser condenado por una falta de amenazas o de coacciones del artículo 620 de nuestro Código Penal, y la pena sería de multa de 10 a 20 días, a razón de determinados euros por día, por ejemplo si cada día son 6 euros entonces la multa sería de 60 a 120 euros.En el Juicio, usted debe de pedir además la destrucción del video que dice existe.
N44
Hace unos días en la clase escolar de mi hijo de 10 años tuvo una niña un pelea con un compañero que llegaron a pegarse y la profesora decidió quitar de compañero a ese niño y poner a mi hijo , la niña también empezó a insultar a mi hijo , mi hijo ya arto de los insultos de la niña no le pego pero la amenazo con pegarle y le arrojo una botella al suelo que la niña tenía en la mesa si seguía insultándolo , seguidamente la niña se levanto y informo a la profesora de que mi hijo la amenazo y que le dejo caer al suelo la botella del agua la profesora sin mediar palabra le cogió a mi hijo el estuche y se lo tiro al suelo y le dijo a la niña que le pisara y pateara el estuche a mi hijo lo cual la niña lo hizo ,seguidamente la profesora cogió la carpeta de mi hijo y le volcó todo el material escolar a mi hijo por el suelo y se lo pisoteo y también le tiro la silla al suelo obligando a mi hijo a sentarse en el suelo el tiempo que quedaba de clase y amenazándolo con que si se levantaba del suelo le daría un golpe en la cabeza y se la arrancaría , lo mas impresionante es que mi hijo no me dijo nada fue la misma niña que causo todo la que por la tarde vino a mi casa y me informo de dicho comportamiento de la profesora , seguidamente le pregunte a mi hijo y me dio la misma versión , al día siguiente decidí a otro compañero de clase de mi hijo que si fue testigo que me contase que había pasado y me dijo la misma versión , que puedo hacer? que consecuencia puede tener esta profesora si todo esto es verdad?
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A la vista de los hechos que usted me relata, obviamente, los padres del menor pueden (y deben) interponer una denuncia contra la profesora por amenazas, vejaciones y coacciones, tipificadas en nuestro Código Penal cometidas, además, con las siguientes agravantes de abuso de superioridad, ejecutar el hecho con alevosía, aumentar deliberadamente el sufrimiento de la víctima, prevaleciendo el carácter público que tiene la profesora. Una vez interpuesta la denuncia en la Policía o en el Juzgado de Guardia (es lo más rápido), el Juzgado abriría diligencias penales contra la profesora que podrían derivar en falta o en delito, celebrándose el correspondiente Juicio. En caso de que los hechos denunciados constituyeran falta, la pena para la profesora sería de localización permanente en su domicilio o trabajos en beneficio de la comunidad (se establece en el artículo 620 de nuestro Código Penal), y si los hechos denunciados pudieran ser calificados como delito, la pena podría entonces ser de hasta prisión (como se recoge en el artículo 173 del mismo Código Penal).
N45
Mi mujer quita la denuncia en el juez de faltas y me han mandado este telegrama pero yo no entiendo lo que dice la telegrama se puedes por favor explicarla juicio de faltas 848/2010 acordado en el procedimiento de referencia seguido por lesiones, de juzgado de instrucción, para notificarle el fallo absolutorio de la sentencia recaída en fecha 17-03-2011 bajo apercibimiento de ley por favor que significa eso por otra parte tu me puedes cancelar antecedentes penales
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En primer lugar, el telegrama lo que viene a decirle es que usted es inocente de los hechos denunciados. Es decir, el Juicio de la denuncia ha finalizado con una sentencia favorable a usted porque dice el Juez que usted no es culpable, que usted es inocente, luego, es una muy buena noticia para usted. En segundo lugar, A consecuencia de este Juicio, usted no tiene antecedentes penales. Sin embargo, es posible que a consecuencia de la denuncia en la Policía usted pudiera tener antecedentes policiales, que por supuesto usted tiene el derecho a solicitar su cancelación. Para cancelar los antecedentes policiales, puede usted hacerlo iniciando los trámites a través de internet o bien acudiendo personalmente a la Comisaría de Policía y a la Guardia Civil.
N46
Día 20-4-11, me llaman al móvil un tele operador identificándose de la cia. Moviestar ofreciéndome sus servicios a los que me niego y le digo que no quiero saber nada de Moviestar y que me dejen tranquilo ya que todas las semanas me llaman, a continuación le cuelgo sin más. Este individuo estuvo una hora haciendo llamadas de las cuales no contesté ninguna, hasta que me dejó un mensaje; en dicho mensaje no hacía más que insultarme, ruidos obscenos contra mi mujer y amenazándome de muerte, diciendo además que sabía donde vivo, diciéndome mi dirección correctamente. He interpuesto una denuncia al cuerpo de la Policía Autonómica en este caso es en Barcelona; además tengo el mensaje grabado en el móvil y el número de teléfono que me llamó. Que puedo conseguir con haber puesto esta denuncia?, Va ha repercutirme en algún aspecto mi seguridad y la de mi familia?.
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Con la denuncia interpuesta por los hechos relatados, dará lugar a un Juicio de Faltas contra el autor de los hechos por injurias, amenazas y vejaciones injustas. Si en en Juicio, resultan probados los hechos entonces se condenará al responsable autor con pena de multa. Aparece regulado en el artículo 620 de nuestro Código Penal. Para la prueba de la culpabilidad es importante que facilite al Juzgado el mensaje grabado en su teléfono móvil y el número de teléfono de donde procede y solicite que por el Juzgado se hagan las averiguaciones tendentes a identificar al agresor. Sin pruebas, no hay condena. Y sin condena, no hay pena ni resarcimiento. En segundo lugar, si su denuncia termina en sentencia condenatoria para el agresor, a usted le quedará la satisfacción de que se ha hecho Justicia. Yo entiendo, por lo que me dice en su consulta, que no cabría una satisfacción económica o indemnización para usted, sino una pena de multa que la cobraría el Estado. Y respecto a lo que dice de si repercutiría en su seguridad, yo no veo que los hechos tal y como usted los relata pudiera derivar problemas de inseguridad para usted o su entorno.
N47
Tengo una denuncia de falta por lesiones y falta de daños y quiero saber si esto me perjudica en el trámite de la tarjeta de residencia y como puedo saber quien me a denunciado
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En primer lugar, no se preocupe por el tema de la concesión de la tarjeta de residencia o renovación de ésta, puesto que si de la denuncia de falta de lesiones y de daños se derivara una condena para usted, ello no le perjudicaría ya que la condena por faltas no crean antecedentes penales, por lo que, aún en caso de condena, no tendrá usted problema para la tramitación de su tarjeta de residencia. En segundo lugar, tiene usted todo el derecho a conocer el motivo de la denuncia, los hechos denunciados y la persona que interpuso la denuncia, por supuesto. Para ello, debe usted acudir al Juzgado donde se encuentre la denuncia y allí le facilitarán copia de ésta donde aparece el denunciante.
N48
Mi problema es que hay una persona adulta que insulta y amenaza constantemente a mi hija que tiene 11 años. Esto se debe aquí hace 1 año mi hija y la suya se pelearon pero no paso nada era una tontería de niñas. En ese momento llego esta señora y engancho con furia a mi hija de los pelos pero de esto hace casi un año y hice mal en no denunciar esta agresión. Pero los problemas no cesan y no sé cómo puedo actuar esta señora está ofreciendo dinero a menores para que la vengan a pegar ya que ella se metería en un lio. De todo esto esto hay unas grabaciones telefónicas que lo demuestran.
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En primer lugar, la agresión sufrida hace un año, ya no se puede denunciar, puesto que habría prescrito la falta al haber transcurrido más de seis meses desde la fecha de aquellos hechos. En segundo lugar, respecto los insultos y amenazas más recientes, sufridas por su hija, por supuesto que estos hechos son denunciables, puesto que nuestro Código Penal tipifica las faltas de injurias (insultos) y las faltas de amenazas en el artículo 620 y los castiga con pena de multa de 10 a 20 días. Para ello, al ser su hija menor de edad, la denuncia la tendría la presentar el padre o la madre, o ambos, ante el Juzgado de Guardia o en la Policía. No es preciso la intervención de abogado, basta que cuando presenten la denuncia concreten muy bien los insultos proferidos y las amenazas empleadas, indicando cuando tuvieron lugar, a que hora y lugar, y concretando tambien si hubo testigos y quienes fueron, y aportando otras pruebas como las del teléfono. Le recuerdo que para ganar un juicio, no es suficiente llevar la razón y decir la verdad, sino que además es imprescindible probar los hechos que se denuncian.
N49
Me ha pasado algo y no se qué hacer, mi hijo de 10años fue amenazado de muerte en el colegio por otro compañero de clase de la misma edad, a la salida del colegio mi hijo asustado me lo comento y yo me dirigí al niño y le pregunte el porqué de su amenaza el niño empezó a insultarme y le dije que por favor no volviera a hacerlo el niño me dijo que lo volvería hacer y yo nerviosa le dije que como tocara a mi hijo yo le pegaría a él dos ostias, la madre del niño me ha dicho que me ha denunciado que tiene testigos y bueno los testigos son todos los amigos del niño y las amigas de su madre, también dice que si lo cogí del brazo bueno que están diciendo cosas que no son verdad y yo no se cómo demostrarlo ellos llevan años en el cole y mi hijo es nuevo, mi pregunta es, si me ha denunciado que me puede pasar? Que hago yo me disculpe por lo que le dije al niño, también he ido al juzgado dando mis datos y no tengo ninguna denuncia a mi nombre, me puede aconsejar?.
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Si la ha denunciado por esa amenaza, entonces se celebraría un Juicio por falta de amenazas y si el juez la condenara le impondría una pena de multa que va de 10 a 20 días, es decir es una multa de una cantidad relativamente pequeña. Se trata de un Juicio muy sencillo y la condena no crea antecedentes penales, en donde no es obligatorio llevar abogado, aunque siempre es recomendable. Si ha preguntado usted en el Juzgado y no consta ninguna denuncia en su contra, es posible que no exista denuncia alguna. De todos modos, quien tiene que probar los hechos denunciados es el denunciante, puesto que el denunciado siempre tiene la presunción de inocencia. De todos modos, en caso de denuncia contra usted, mi consejo es que lleve usted testigos que corroboren su versión de los hechos. Y por supuesto, si reconoce los hechos ante el Juez, será usted condenada a esa multa.
N50
Hace mas de un año recibo insultos, amenazas y ayer agresión por una de las mamas del colegio, siempre lo hace sin testigos yo la denuncio a los mossos descuadra pero sale absuelta es un sin vivir, para colmo ayer yo la denuncie a ella pero ella me ha denunciado a mi por insultos y amenazas y encima pide orden de alejamiento, yo jamás le he hecho nada, tan solo ignorarla porque tuvimos discusión por los niños. Me acaban de traer la citación para el dia 18 de este mes, me tiene totalmente hundido no tenga ganas de sexo con mi mujer cuando antes de esto era yo el que empezaba los juegos con mi mujer y cuando lo hago con mi mujer nunca llego hasta el final. Decir que tengo 6 tornillos en la espalda no puedo trabajar y tengo que ser yo el que lleve al niño al colegio ya que mi mujer trabaja Por favor díganme que tengo que hacer para que me deje en paz ya no puedo seguir así, cuando estoy solo lloro de impotencia.
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Debe usted solicitar una Orden de Alejamiento contra aquella señora alegando la situación en que se encuentra con aquella señora. Lógicamente para que el Juez dicte una Orden de Alejamiento, es necesario que exista por su parte una denuncia bastante completa del comportamiento y de la actitud de la denunciada en contra de usted. Esa denuncia dará lugar a un Juicio de Faltas, en donde no es necesaria la intervención de abogado, pero que en su caso, a la vista de su consulta y para proteger mejor sus derechos y tenga más garantía de éxito, sí que sería recomendable que usted acudiera con un abogado al Juicio y tenga así mayores posibilidades de éxito.
N51
Una noche después de la cena de empresa de navidad, decidimos de acudir a seguir la noche a un local de copas, yo estaba bebido, y al llegar al local, los compañeros con los que iba en el coche decidieron irse a dormir, yo no conducía y decidí esperar en el local la llegada de más compañeros que iban en otro vehículo, entré y pedí agua en la barra, el local estaba vacío, por lo que aprecié, después de beber agua y sin esperarlo estando de pie, una persona me empujó violentamente gritándome "fuera", me quedé de pie en mitad del local sin saber que estaba pasando y seguidamente me volvió a empujar gritando otra vez, esta vez dí con mi espalda a la puerta de entrada y bajé los escalones de la entrada al local quedándome fuera del mismo. Me dí cuentade que el marco de la puerta de aluminio se había salido de su sitio y caído. Pedí explicaciones a la persona que me había empujado, sin recibir contestación pues solo seguía gritando "fuera" e intentando de colocar el perfil de aluminio de la puerta de entrada junto con otras dos personas. Estaba muy enojado, así que le dije mi intención de denunciarlo a la g.c., y así lo hice. No fuí al médico pues en ese momento no noté nada en la espalda. Denuncié los hechos y me ha llegado una cedula de citación del juzgado por juicio de faltas. En la cabezera se me indica como denunciante y como delito o falta, sin especificar, así en el texto de la cedula se indica juicio de faltas, seguido por falta sin especificar, en calidad de "denunciante y/o perjudicado y/o actor civil". Mi cuestión es; si no me presento que pasa. Pues no quiero seguir con este incidente que quedó en eso, un incidente, no hay partes de lesiones, también he pensado que el local intente de ir en mi contra
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Si usted ha sido debidamente citado al Juicio de Faltas en calidad de denunciante/perjudicado, como es su caso, si usted no acude al acto del Juicio, el Juez archivará el procedimiento sin dictar ninguna condena para nadie, y el denunciado saldrá absuelto. Usted al no acudir al Juicio, tampoco recibirá ninguna sanción, tan sólo que perderá su derecho a reclamar indemnización por sus lesiones al denunciado. En cualquier caso, si usted no quiere continuar con su denuncia, basta con no acudir al Juicio o bien que acuda y manifieste al Juez que perdona al denunciado y no desea continuar contra el denunciado.
N52
hace unos días la ex pareja de mi novio empezó a llamarme por teléfono exigiéndome que le pasara a mi novio y como no accedí puesto que no estaba conmigo mi novio empezó a mandarme mensajes con insultos amenazándome que iba a ir a mi casa a armar un relajo por no decir otras palabras, así como también me amenazo con que si no lo dejaba me iba a ir peor, además de que fue a la casa de mi novio a insultar a su familia y a el mismo a amenazarlo.... yo conservo aun los mensajes asi como el registro de las llamadas en mi celular,,, como puedo proceder ante esto? es posible establecer una demanda?
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A la vista de su consulta, puede usted interponer una denuncia contra aquella señora por amenazas, injurias, coacciones, vejaciones injustas, e incluso solicitar una Orden de Alejamiento que prohíba a la denunciada acercarse a usted y a su domicilio y lugar de trabajo. En principio, la denuncia dará lugar a un Juicio de Faltas, y la pena a imponer aparece fijada en el artículo 620 de nuestro Código Penal. La denuncia la puede interponer en el Juzgado de Guardia o en la policía. Es muy importante, que el día del Juicio se lleve usted todas las pruebas de que disponga, por ejemplo, testigos, los mensajes y listado de llamadas.
N53
Boa tarde,me chamo Fernanda Nunes tenho 31 anos e venho atraves desta tentar de alguma maneira encontrar uma ajuda para meu marido que se encontra detido em lima por trafico internacional drogas,sou brasileira,meu marido é portugues tem 34 anos,2 filhos.morada fixa,bons antecedentes criminais,reú primario...estou em portugal e vou viajar para lima o mais rapido possivel,ele foi detido há 8 dias...gostaria de saber tudo que pode ser feito para ajuda-lo,e sobre a extradição para Portugal ou ate mesmo para o Brasil...aguardo resposta o mais breve possivel e des de ja agradeço muito obrigada.
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Usted es brasileña, su marido es portugués y se encuentra detenido en Perú. Lo siento pero desde mi despacho no puedo ayudarle, le recuerdo que nuestro despacho de abogado se encuentra en España. El derecho que tiene que aplicarse en el asunto relativo a su marido es el Derecho de Perú, le aconsejo que acuda a un abogado en Lima (Perú) que pueda defender con garantías a su marido.
N54
Boa tarde mais um vez venho atraves desta lhe pedi ausilio e ajuda para meu marido que se encontra detido nas estaçoes prissionais de lima peru,por trafico internacional de drogas,como ja havia lhe dito ele é portugues e eu brasileira,somos casados no brasil,econtinuo a espers de uma resposta vossa...pra começar o valor da causa???pois tenho imensa pressa...se possivel contacyar amanha ficaria miuta grada..fernanda nunes
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Me remito expresamente a mi anterior respuesta. Acuda a un abogado que conozca el Derecho de Perú.
N55
Con un caso de abuso emocional hubo un embarazo y después este hombre muy famoso en Colombia se porto mal Abuso de mi económicamente ahora recibo amenazas
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En primer lugar, le recuerdo que mi despacho profesional se encuentra sito en España, por lo que si el asunto del que usted me habla ocurrió en Colombia, encontrándose usted y la persona que le amenaza también en Colombia, entonces, como es obvio, el Derecho a aplicar y el Juzgado competente es el de Colombia y no España, por lo que, desde nuestro despacho, no podemos ayudarla. De todos modos, le comento que usted puede interponer denuncia, al menos, por amenazas contra aquel señor. En caso de dudas, acuda usted personalmente a un abogado o solicítelo de oficio para que le oriente en ese asunto.
N56
hace un mes 2 personas me agredieron yo denuncie, en la cita otorgue el perdón, un mes después me llego un citatorio de donde unas de las personas también había denunciado, en esa audiencia el pm en turno no permitió ver la averiguación previa y me dice que tengo que llegar a un acuerdo en su momento el abogado me hace mencion que si no pago lo que ellos requieren en los juzgados voy a pagar más la persona que me acompaña me consulta en su momento y nos dicen que debemos conciliar ya que mp está dando muestras de estar de acuerdo con ellos y es lo mejor para mi, ahora mi duda es legal lo que hicieron, el no permitirme ver la averiguación y que puedo hacer en caso de aparecer otra declaración falsa por parte de las personas que me agredieron ya que esta vez solo declaro una de ellas y en la averiguación mia yo otorgue el perdón a ambas donde ellas se comprometen a abstenerse de volver a agredirme etc. y en la cual ellas se abstienen de declar sobre sus averiguaciones por lo consiguiente yo presente este convenio y mp me dice ya no es valido
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En primer lugar, su consulta es poco clara y no entiendo lo que realmente quiere usted decir. De todos modos, le comento que la denuncia que usted puso en su momento no tiene nada que ver, en principio, con la denuncia que las otras personas hayan hecho contra usted. Si usted interpuso denuncia por agresión y luego perdona a los denunciados, éstos ya quedaron absueltos de su denuncia, pero si éstos le han denunciado a usted por agresión entonces si éstos no le perdonan a usted, habrá un juicio donde usted puede salir condenada. Quizá usted al perdonarles a ellos, se precipitó. Mi consejo es que consulte con su abogado, pues éste le aconsejará debidamente.
N57
Consulta de Natalia Mi marido y yo ciudadanos de Ucrania, residimos legalmente en España. Mi marido un año atrás entro a la cárcel, por vender drogas, le dieron 3,4años. Quiero divorciarse de el. Como puedo hacer esto en territorio Español sin salir a Ucrania. Tenemos hijo en común va a cumplir 17 año
Mensaje: здравствуйте,хочу получить мелкую консультацию,я и мой муж граждане украины,проживаем легально в испании,муж год назад попал в тюрьму за торговлю наркотиками,суд присудил три года и четыре месяца..Я хочу развестись с мужем.Каким образом можно это сделать на территории испании,не выезжая на украину.У нас есть общий сын,26 июня ему исполняется 17 лет.Спасибо
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Usted puede pedir el divorcio en el Juzgado en España, no hay ningún problema para divorciarse aunque usted se hubiera casado en Ucrania. Para divorciarse en España, debe buscar un abogado (particular o de oficio) para que haga y presente su demanda de divorcio ante el Juzgado. El trámite es muy sencillo, pero es necesario presentar documentación acreditarita de su matrimonio y del nacimiento de su hijo común (libro de familia o certificado de matrimonio y de nacimiento del hijo). Para ello, busque un abogado de su ciudad o se dirija al Colegio de Abogados de su ciudad. Para divorciarse, no hace falta ir a Ucrania.
N58
un chico pego a una, bueno pero no le izo nada, ella lo denuncio en los mossos, y a el lo detuvieron esa misma noxe, el dia siguiente declararon los dos, en un juicio rápido de esos, ahora an exo el juicio, y en la sentencia a el le piden 9 meses cárcel i 1 año con la orden de alejamiento, esto lo puede reclamar o algo, es la primera vez y no le a hecho nada grave le pego pero nada más puede ir a la cárcel ??? Como lo puede hacer para rebajare la condena, por multa obras sociales indemnización no se menos a la cárcel .
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Si este chico ha sido condenado en sentencia firme a una pena de prisión de 9 meses y es su primera condena penal, entonces con toda seguridad este chico no cumplirá la pena de prisión, puesto que ésta quedará suspendida automáticamente. Si no existen antecedentes penales y la pena de prisión es inferior a los dos años, no se cumple pena de prisión, sino que ésta queda automáticamente suspendida a condición de que el chico no sea nuevamente condenado. En cualquier caso, le comento que si el delito cometido por este chico está dentro de la violencia sobre la mujer (violencia doméstica), la pena a imponer es de prisión de 6 meses a un año o bien trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, por lo que sería preferible que la pena fuera la de trabajos en beneficio de la comunidad, y ello según establece el artículo 153 de nuestro Código Penal.
N59
Soy peruana y mi novio es holandés, él tiene planeado realizar un viaje a Lima la próxima semana. Ya tiene su pasaporte, que es él único requerimiento para que pueda viajar, ahora mi el problema es que el tiene una deuda de multas con la policía por haber estado en la cárcel ascendiente a 10,000 euros. Quisiera saber si es posible que el realicé el viaje, aún sin haber cancelado la deuda.
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Si su novio es de nacionalidad de Holanda y desea viajar a Perú, entonces el Derecho y la Ley de España no resulta de aplicación, y le recuerdo que nuestro despacho se encuentra en España y nuestro trabajo y servicios lo son en relación al Derecho Español. Por lo tanto, no estamos en condiciones de poder responder a su consulta. Le recomiendo que consulte a un abogado en Holanda. No obstante lo cual, le comento que no veo ningún problema para que su novio holandés pueda viajar fuera de su país de origen aún teniendo pendiente el pago de multa.
N60
Buenos días, quisiera me aclarara algunas dudas respecto a mi problema. Mi chico es de nacionalidad chilena y tenemos en planes casarnos, para lo cual ya tenemos expediente matrimonial. El tiene pendiente la resolución de una denuncia en lo penal (un empresario ha abusado de su poder difamando y calumniando a mi chico, esto no viene a cuenta pero cada vez que lo recuerdo pienso sobre las injusticias con los extranjeros) con lo cual, le retuvieron el pasaporte en el juzgado, su único documento de identidad, sin siquiera comunicarle que tenía derecho a una fotocopia compulsada. Frente al susto y la incredulidad con que se tomó la noche retenido, no tuvo tiempo de darse cuenta de sus derechos. He consultado en internet y he comprobado que en el juzgado están en la obligación de facilitarle esta fotocopia compulsada. ¿Esto se hace a través del abogado de oficio? Por otro lado, si el pasaporte retenido ha caducado, se puede solicitar un duplicado en el consulado? Muchas gracias de antemano por su respuesta. Saludos
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En primer lugar, si el chico chileno ha sido imputado y tiene pendientes actuaciones judiciales, su propio abogado (de oficio o particular) puede solicitar al Juzgado que le sea devuelto el pasaporte al chico o, subsidiariamente una fotocopia compulsada, para que éste no quede desprotegido en un país extranjero. En este caso, el Juez actuará conforme corresponda a la vista de las actuaciones procesales. En segundo lugar, a la vista de su consulta, en principio no hay problema para que este chico pueda dirigirse a su embajada en nuestro país y solicitar un duplicado.
N61
Mis consultas son dos, en relación a un caso en que la víctima es menor de edad debidamente representado por sus progenitores, ¿cabe retirar la denuncia en algún momento procesal por parte de los padres? y por otra parte en caso también de menor de edad víctima, una vez tomada declaración en el Juzgado, ¿en qué casos es posible que llegue sentencia condenatoria a los padres (y al condenado se entiende) sin haber existido juicio oral, por qué en unos casos se celebra y en otros no
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En primer lugar, si el menor es víctima o perjudicado en un delito, los padres de éste, como representantes legales del menor, pueden efectivamente solicitar el archivo de la denuncia y la renuncia a las acciones que pudieran corresponder, sin embargo es posible que el procedimiento penal continúe puesto que el Fiscal puede pedir la continuación del procedimiento y el Juez, a petición del Fiscal, acordar continuar con el procedimiento penal. Esto es así, puesto que si bien los padres son los representantes del menor, el Fiscal tiene como misión la de velar también por los intereses del menor y protegerlo en caso de haber sido éste víctima o perjudicado de un delito. En segundo lugar, si el Juez ha dictado una sentencia condenatoria, es porque se ha celebrado un Juicio, lo que ocurre es que, en algunos casos, cuando el acusado se conforma con la acusación y acepta la pena solicitada, entonces la celebración del Juicio es una pura formalidad porque ya no haría falta los interrogatorios ya que el acusado acepta los hechos de que se le acusa y acepta la pena solicitada y acepta la condena. Esto es una práctica habitual en los Juzgados.
N62
Resulta que yo estuve viviendo unos 8 meses con mi ex novia y su familia, al terminar con esa relación mi ex pareja comienza a llamarme a todas horas a mí y a mis familiares, me culpa de maltrato físico y psicológico (asiste a un psicólogo)y de robo de cuentas de correo, cuando es mentira, y amenaza con tener de testigo a su madre, además de informes de su psicólogo. Entre tantas llamadas, su madre deja un mensaje diciendo que quiere sólo hablar conmigo y no hacerme daño, caso contrario dice que lo resolverá vía judicial. Yo solamente quiero evitar todo problema y que no me molesten más. Qué problemas podría tener? Yo no tengo testigos, sin embargo ella pondría a su madre, cómo podría demostrar sus mentiras? Todo consejo me sería de gran ayuda..
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Cuando una relación de pareja se termina de manera poco amistosa, lo mas aconsejable es distanciarse de la ex pareja y evitar todo contacto, aún en el caso de que aquella o su familia quiera contactar con usted. Quien evita el riesgo, evita el peligro. De todos modos, si su ex pareja le ha puesto una denuncia por maltrato, sepa usted que dicha denuncia se verá como una denuncia de malos tratos familiares o de violencia de género, que se castiga en nuestro Código Penal en el artículo 153 y en el artículo 173, con penas de prisión, trabajos en beneficio de la comunidad y orden de alejamiento, básicamente. En cualquier caso, para poder defenderse de una denuncia, antes es preciso conocer concretamente que se denuncia, es decir, cuales son los hechos de los que se me denuncia. La prueba de cargo testifical es una prueba con un valor relativo, y más aún cuando el testigo es un familiar. La principal prueba de cargo serian los informes médicos de lesiones si los hubiera. Le recomiendo que si usted recibe en algún momento una denuncia en tal sentido de su ex pareja, entonces acuda al abogado para defenderse en concreto de esa denuncia y no trate de defenderse de una denuncia fantasma.
N63
Yo y mi hermana estamos conviviendo en un piso compartido con otra chica desde hace meses. Son 3 habitaciones y cada una ocupa la suya. Esta tercera persona no colabora con ningún tipo de tareas caseras. No limpia, ni recoge, nos deja todo a nosotras y tampoco hace nada por cambiar a pesar de haber dialogado con ella varias veces. Es violenta e indiferente con las circunstancias. Somos las únicas que mantenemos el piso en regla. El dueño que nos alquila el piso está de acuerdo con que cambiemos de compañera ya que siempre retrasa sus pagos y no es responsable. Así mismo el dueño nos confirmó que el no ayudaría en desahuciar a la inquilina. Nos lo deja todo a nuestra responsabilidad. Y peor aún. De pronto ella decidió introducir a otra amiga en su misma habitación sin informar al dueño y vivir sin ella pagar nada. Seríamos ya cuatro personas en un piso que realmente es muy pequeño. Desconocemos a la nueva y no deseamos vivir de esta manera. Nos trae muchos problemas siempre. Ya se nos ha finalizado el contrato justo este mes. Por eso mi pregunta es si podemos desahuciarla del piso y cambiar la cerradura para que no pueda volver a entrar. ¿Nos puede denunciar de alguna manera después de hacer esto? ¿Nos mostramos delante de algún tipo de delito personal? Ella ya nos ha amenazado varias veces y tenemos muchas discusiones fuertes que pensamos grabar para tener pruebas de cómo se comporta. Y pensamos avisarla con antelación para que busque un nuevo piso y se vaya ella misma. Pero si no lo hace, pensamos tomar estas medidas.
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En primer lugar, ustedes como inquilinas o arrendatarias de una vivienda no pueden pedir el desahucio de la otra inquilina. La persona que está legitimada para presentar una demanda de desahucio es el arrendador o propietario de la vivienda, nunca las otras inquilinas o arrendatarias. En cualquier caso, sería conveniente examinar el contrato de alquiler o arrendamiento, caso de que exista. En segundo lugar, respecto de las amenazas, de existir, por supuesto que ustedes pueden denunciarla por esas amenazas, y llegado el momento del Juicio, deben aportar al Juez todas las pruebas que tengan sobre estas amenazas para que la puedan condenar. Por cierto, la condena es una multa y está regulada en el artículo 620.2 del Código Penal.
N66
Resulta que me ha llegado una carta del juzgado de mi ciudad Castellón para un juicio de faltas porque denuncie a una persona por una pelea en marzo el juicio es el día 21 de aquí pocos días yo retire la denuncia por ser un pueblo pequeño donde pasaron los hechos ,la retire en el cuartel de la guardia civil firmando una renuncia y luego en junio me llamaron para que me viera el médico forense y me dijeron que constaba de que la había querido retirar quisiera que me explicara qué puedo hacer para que no haya el juicio de faltas si es posible o como puedo retirarla de una vez el juicio es el día 21 de septiembre no se porque ha llegado tan lejos este caso
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Si usted es el denunciante y no desea continuar con la denuncia y no quiere reclamar nada contra el denunciado, tiene dos formas de proceder: la primera, que no vaya usted a la celebración del Juicio, en este caso, al no declarar usted en el Juicio, lo normal es que se dicte una sentencia absolutoria para el denunciado; la segunda, que vaya usted a la celebración del Juicio y en ese momento usted diga que no desea continuar con la denuncia, que no quiere acusar a nadie, que no reclama nada y que perdona al denunciado, pues bien, en este caso, el Juez dictará una sentencia absolutoria para el denunciado. Mi criterio es que proceda de la segunda manera que le he explicado, es decir que vaya al Juicio y diga usted que no desea continuar con la denuncia, que no quiere acusar a nadie, que no reclama nada y que perdona al denunciado. Recuerde que si usted retira su denuncia y renuncia a reclamar al denunciado, luego, mas tarde, ya no podrá denunciar a la misma persona por los mismos hechos.
N67
Hace 3 años fue detenida por haber pegado mi hija que tenía 14 años ..mi hija tenia montado una fiesta en mi piso que estaba vacio sin mi permiso ósea cogió las llaves y se lo dio a tus amigo lleno de gente el piso y destruyeron todo total que yo la pegue y yo y mi ex marido fuimos condenados a 9 meses de prisión y 1 año y 9 meses de orden de alejamiento...mi hija admitió lo que hizo y claro que la pegamos ella fue a un centro 5 meses y mandaran a ella a casa los informes eran favorables y decía que necesitaba de un vinculo familiar hoy en dia cuando me sale la condena de orden de alejamiento mi hija esta en un centro terapéutico y alli ya se había valorado que volvería a casa...ahora los abogados van a pedir el indulto pero me gustaría de saber que probabilidades hay que acepten ya que mi hija pide vernos y en los informes psicológicos también lo dice el informe de aia también lo dice todo favorable y cuanto tiempo puede tardar el indulto gracias mi angustia es muy grande y la de mi hija también ...se veía en la cara del fiscal que solo aplicaba la ley porque se le cayó el alma en el suelo cuando escuchaba mi hija preguntar si yo no podía verla.
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Los indultos son facultad del Gobierno y es éste quien decide. Se trata de un derecho de Gracia del gobierno, y su solicitud implica una serie de requisitos y fundamentar bien la petición incidiendo en todo aquello que sea beneficioso para conseguir el indulto pedido. Por lo tanto, para solicitar un indulto es conveniente y necesario aportar todos los informes y documentos que favorezcan la petición y alegar todo aquello que sea positivo para dicha petición. La probabilidad de éxito de la petición de indulto es baja, puesto que la facultad de Gracia (o de perdón) del Gobierno es una facultad excepcional y la regla general en el Derecho es el cumplimiento de las condenas. El tiempo que transcurre hasta que se resuelve una petición de indulto puede llegar hasta el año e incluso superarlo. No es un expediente rápido.
N68
Mi madre ha denunciado al ATS del pueblo por amenazas. Éste al enterarse se ha puesto en contacto conmigo disculpándose y pidiéndome que le retire la denuncia, con lo cual quiere retirársela ya que le ha pedido perdón. He ido esta tarde al cuartel de la guardia civil de mi localidad, donde la pusimos, pero nos dicen que desde allí ya no se puede quitar que debemos ir al juzgado correspondiente y intentarlo, ya q depende del juez si lo estima conveniente quitarla o no. Sé q se puede quitar en el mismo juicio pero no quiero que mi madre presencie este juicio porque es muy mayor y puede desvariar en las respuestas al juez. Puede mi madre retirar esta denuncia en el juzgado si solo han pasado 3 días desde que la interpuso, o esto es imposible y tiene que esperar a hacerlo el mismo día del juicio cuando el juez le pregunte si desea seguir con este procedimiento adelante???? No quiero ir hasta el mismo día del juicio porque mi madre es muy mayor y tampoco quiero joder al ATS porque nos ha pedido disculpas y no creo q vuelva a insultarla ni amenazarla esto creo le sirva de escarmiento.
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Si su madre desea retirar la denuncia y no quiere continuar con el Juicio por haber perdonado al denunciado, puede hacer dos cosas: la primera, acudir al acto de la celebración del Juicio y allí ella personalmente lo dice que quiere retirar la denuncia y perdona al denunciado; la segunda, es que su madre no acuda al acto de la celebración del Juicio y en tal caso al no ratificar su denuncia puesta ante la Guardia Civil y ante la declaración del denunciado de negar los hechos, entonces el juez dictaría una sentencia absolutoria y no perjudicaría a su madre.
N69
La novia de mi ex pareja me ha denunciado por insultos y amenazas de mi hacia ella, de lo cual me han citado en dos ocasiones para la celebración de este juicio de faltas. La primera vez acudí con mi abogado y no se presentó la parte contraria porque al parecer, habían puesto en la denuncia el domicilio donde vivían antes y cuando les llegó la notificación de dicha denuncia ya no Vivian ahí. La segunda vez q me citaron tampoco se presentó al juicio, y mi abogado se informó previamente de que sí le habían notificado ya la denuncia al domicilio donde viven actualmente, pero, al parecer es la madre de la persona que me denuncia la que firma la recogida de dicha notificación al cartero, y no lo hace la misma denunciante, con lo cual nuevamente esta segunda vez citada tampoco se presentó a este juicio. Yo estoy cansada de asistir a los juzgados cada vez que me citan con abogado privado, al cual pago yo, y no entiendo cómo me citan a acudir al juicio tal sin q previamente los mismos juzgados se asesoren de que sea la misma persona denunciante quien firme la notificación de citación del juicio. Este denuncia la interpuso en mayo de 2010 y estamos en septiembre de 2011. ¿Qué puedo hacer si me vuelven a citar y ella no se presenta una vez mas, teniendo constancia el juez de que es la madre de la persona que me denuncia quien firma al cartero la notificación de citación de este juicio y tratar de impedir que mi abogado me cobre por cada vez que me acompaña a este juicio?? Mi abogado me dice q vayamos al juicio una vez mas cuando me vuelvan a citar, pero yo no estoy dispuesta a pagarle en vano cada vez q me citen a sabiendas q la parte contraria no se va a presentar, ya que ella lo q quiere es q me gaste el dinero en abogado y no tiene intención de q este juicio se celebre. ¿Puedo decirle a mi abogado que presente un escrito al juzgado diciendo q esta denuncia ha prescrito ya puesto q me la puso en mayo de 2010 y estamos en septiembre de 2011?? En febrero de 2011esta misma persona me volvió a poner otra denuncia estando embarazada ya de 9 meses por lesiones, de lo cual también yo presenté otra denuncia contra ella. Es una persona que lo que quiere es arruinarme la vida, y todo viene por una deuda económica de mi ex pareja a mi y como no quieren pagarme me ponen denuncias para q no les pida el dinero, me han denunciado en varias ocasiones y la ultima me acusa la gc de un delito de obstrucción a la justicia, porque ella me denunció diciendo q yo le dije que o me quitaba las denuncias interpuestas contra mi o yo le quemaría sus coches y casa, y esto es totalmente incierto, lo único q quiere es arruinarme la vida para q nunca mas pida el dinero q su actual pareja y anteriormente la mía, me pague. No tengo ningún papel acreditativo de q él me debe dinero con lo cual no puedo denunciarlo. Tengo antecedentes penales de un delito q se celebró el juicio a primeros de 2010 y no sé cuando se cancelarían estos antecedentes, de dicho delito pagué una multa de 700€ y nada más. Qué me aconseja sobre el juicio del que le hablé primeramente en vista de que el juzgado me llama, asisto, y ella nunca se presenta a este juicio??
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A la vista de las citaciones infructuosas a la denunciante, podría usted presentar al Juzgado un escrito solicitando que la citación a la denunciante se haga personalmente por el funcionario correspondiente, conforme establece el artículo 166 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. De esta forma, se aseguraría usted de que la diligencia de citación a la denunciante se lleva a cabo bien. Pero, de todos modos, sería conveniente que un día antes de la celebración del Juicio, su abogado o usted misma pregunten (personalmente o por teléfono) al Juzgado para que les informen de si la citación a la denunciante está cumplimentada, es decir, si está legalmente citada. En cuanto a la prescripción de la falta, deben de haber transcurrido, al menos, 6 meses, sin actividad procesal sustancial. Para ello, hace falta examinar todos los folios del procedimiento.
N70
mi problema es el siguiente ,mi marido y yo estamos desesperados vivo en un piso que solo habemos dos vecinos mi ex cuñada y yo ,esta señorase separo del hermano de mi marido y le denuncio por malos tratos dos veces y se desestimaros las dos por falta de pruebas, luego le denuncio por insultos y amenazas y en esa denuncia testifico la intención de denunciar a mi marido por lo mismo cuando muy marido no se habla con ella desde hace 4 años ,es mas desde entonces no entra ni sale de mi casa si no es acompañado, esta señora solo quiere hacer daño, esta desequilibrada roba bombillas de la escalera común ,lanzo un mueble por la ventana.... en fin y sin alargarme más mi pregunta es puedo hacer algo legalmente si ella ya está amenazando con denunciar a mi marido en la demanda de mi cuñado
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Por supuesto, usted y/o su marido pueden interponer una denuncia contra aquella señora por amenazas, injurias, vejaciones y daños. Y en la misma denuncia solicitar que se dicte una orden de alejamiento contra aquella señora, pues aunque vivan en el mismo edificio, al menos que se le obligue a no acercarse a ustedes ni se comuniquen con ustedes. Ciertamente, es necesario para ganar el juicio, presentar pruebas como, por ejemplo, testigos.
N71
Quisiera hacerle una pregunta el caso es que mañana tengo un juicio porque un hombre me pego y me lisio y lo denuncie y yo me e puesto en contacto tarde con mi abogada y me a dicho que no puede acompañarme al juicio quisiera saber si yo mañana pido ayi un abogado de oficio antes de entrar a juicio si me lo dan
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Si se trata de un juicio de faltas, debe saber usted que no es obligatorio la intervención de abogado en esa clase de juicio, por lo tanto, usted como denunciante si acude al Juicio sin abogado y allí pide usted un abogado de oficio, lo normal es que el juez no suspenda el juicio y no le conceda el abogado de oficio que pide.
N72
He denunciado a mi novio por violencia de género amenazas insultos. y maltrato psicológico. El me ha pegado ya en otra ocasión y no lo denuncie...ahora es la segunda vez y todo lo he declarado en el juzgado el tiene antecedentes. Por robo y ya pago por ello. El niega todo aunque tengo parte médico de lesiones leves y dice que yo le he destrozado la casa siendo mentira todo esto sucedió después de que su jefe después de 5 años de trabajo lo despidiera por borracho sabiendo todo esto mi abogada y pidiendo la juez 10 meses de prisión ¿irá a prisión que condena tendrá? por todo el sufrimiento que me causado me han dicho que trabajos a la comunidad unos días y ya está y yo sin poder dormir por todo el daño moral psicológico y económico no entiendo nada me ayudan
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Si el maltrato denunciado es psicológico, con amenazas e insultos, y las lesiones son leves, como usted me dice, entonces sería aplicable el artículo 153 del Código Penal, y la pena prevista es la de prisión de 6 meses a un año, o bien trabajos en beneficio de la comunidad de 31 días a 80 días. Lo habitual, es que se condene, si se acredita los hechos denunciados, a trabajos en beneficio de la comunidad, pero ello depende de la gravedad del maltrato y de las circunstancias de su caso. Por supuesto, en la condena también se podría establecer una orden de alejamiento.
N73
El jueves pasado puse una denuncia a una mujer que no conozco de nada porque pasa por mi casa o donde me vea y me insulta, lo hace delante de mis hijos pequeños, mi duda es que cuando puse la denuncia no puse ningún testigo y si lo tengo, que tengo que hacer voy a decirlo o me espero que llegue el juicio? y otra cosa, si le pidiera orden de alejamiento hacia mi persona me lo concederían
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En primer lugar, respecto al testigo o testigos, no es necesario que usted vaya ahora al Juzgado a decir que tiene testigos. Cuando tenga usted el juicio, es cuando debe de llevar todas las pruebas que tenga acerca de los hechos denunciados, y entonces se llevaría usted al testigo o testigos que tenga. En segundo lugar, respecto a la orden de alejamiento, yo entiendo que el juez no la acordará, habida cuenta que la gravedad de los hechos denunciados (insultos) no justifica tal medida, ademas porque, como usted misma dice, no conoce a la mujer denunciada, y es que el juicio por insultos es un juicio de faltas que se castiga en el artículo 620 del Código Penal, con una multa leve y no conlleva necesariamente la medida de orden de alejamiento.
N74
Durante mucho tiempo tengo el acoso de mi compañera en el trabajo, empezó con quejarse de que tenía mucho trabajo y dármelo a mí y a día de hoy ella la mayoría de su jornada laboral está mirando y yo con bastante trabajo, después recibía malas contestaciones cuando le preguntaba algo y a veces hacia como si no me oía y también si yo le pedía algo o entraba un llamada para mí no hacía nada. Después está constantemente calumniando e injuriando contra mi y esto todo se lo dice a mi jefe para que me despida. Todas estas injurias son contra mi persona y mi profesionalidad en el trabajo. Como puedo denunciar a esta persona que me está haciendo la vida imposible?
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Puede usted presentar, ante el Juzgado de Guardia o en la policía, una denuncia contra aquella señora por injurias, calumnias y/o vejaciones injustas. Estos hechos están castigados en el artículo 620 de nuestro Código Penal. La denuncia dará origen a un procedimiento llamado Juicio de Faltas, que es un juicio sencillo y donde no es obligatoria la intervención de abogado. Es importante saber que si usted denuncia unos hechos que son negados por la denunciada y usted no aporta ninguna prueba (testifical, documental), lo mas probable es que se dicte una sentencia absolutoria. Por lo tanto, es importante que usted aporte en el juicio pruebas de los hechos denunciados.
N75
Yo denuncie a mi ex pareja por la manutención de mi hija y el no tenía ni paro ni trabajaba y yo no lo sabía ahora k está trabajando el me está ayudando en todo lo k puede, le puse una demanda y ahora le a salido el juicio podría quitarle la denuncia ahora antes k se celebre el juicio.
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Veamos, si le ha puesto usted una demanda civil por impago de alimentos, usted a través de su abogado puede siempre y en cualquier momento retirar la demanda y desistir del procedimiento. Y se le ha puesto una denuncia penal por impago de alimentos, entonces no es suficiente con que usted retire la denuncia, puesto que el Fiscal puede continuar acusando al padre. Le recuerdo que el Fiscal acusa teniendo presente el interés del menor de edad. De todos modos, siempre ayuda mucho al denunciado el que usted retire su denuncia. En cualquier caso, para quedarse usted tranquila, le aconsejo que hable con su abogado para retirar su demanda o su denuncia, y eso no le cause a usted problemas.
N76
En agosto del año pasado tuve un accidente con el auto, en el cual tuve yo la culpa, pero que solucionamos por parte amistoso entre los implicados por ser leve el impacto. Ayer me llego tras más de un año una citación por falta de lesiones ocasionadas en ese accidente. Mi pregunta es ¿por qué se ponen en contacto conmigo y no con mi seguro? ¿Puede llegar a algo esa denuncia si esa persona tras el accidente se fue en su coche perfectamente y no reflejo daño personal alguno en el parte de accidente?
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Si ha existido un accidente de tráfico, el perjudicado puede interponer ante el Juzgado una denuncia contra el conductor del vehículo culpable, contra el propietario de ese vehículo y contra la compañía de seguros de ese vehículo. Esto es algo normal. Por lo tanto, si usted ha recibido una citación como denunciada para un Juicio de Faltas por lesiones de tráfico, debe saber que también la compañía aseguradora de ese vehículo también ha sido citada por el Juzgado. Por otra parte, el hecho de que el perjudicado del accidente se haya marchado sin lesiones aparentes, como usted dice, eso no significa que no tuviera lesiones. Hay lesiones que, normalmente, aparecen o se manifiestan al cabo de cierto tiempo, de unas horas o de unos días, como la cervicalgia. Luego, es posible que en el mismo momento del accidente el perjudicado no sienta dolor pero al cabo de unas hora aparezcan molestias. Por último, si el accidente tuvo lugar hace ahora más de un año, debe usted tener en cuenta que es posible que la posible falta haya prescrito. Consulte, para mayor información, con un abogado de su localidad personalmente o con la propia aseguradora del vehículo.
N77
Puse 2 denuncias a una persona por amenazas a mi padre y por decir que pudiera ser que esa persona hiciera desaparecer a mi madre, esta persona está en la cárcel la mandaron su abogado dice que no hay pruebas contra el que solo es por amenazas de denuncia,, está en la cárcel a espera de juicio si quiero quitar las denuncia que pasaría antes del juicio, aun incluso tendrá que asistir yo al juicio estaría obligada.
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Si se trata de un juicio de faltas por amenazas, y usted es la denunciante, puede no acudir a la vista del juicio, y en este caso, el juez absolvería al denunciado. Por lo tanto, si se trata de un juicio de faltas por amenazas, usted puede no acudir a la celebración de la vista del juicio. Pero si se trata de un juicio por delito de amenazas, y usted esta citada como testigo, usted debe de acudir obligatoriamente a la vista del juicio.
N78
He puesto una denuncia a mi ex pareja por violencia de género, ya que no era la primera vez k llego a golpearme e insultarme. En el auto mi abogada y la fiscal le piden de 1 a 6 años. le quieren condenar por 6 delitos. Yo solo quería orden de alejamiento cosa k me la concedieron, mi abogada m comento k tenía orden de expulsión del país, ahora el.sta en la cárcel hasta la hora del juicio, yo quería saber si puedo retirar denuncia? si no me quitaran la orden de alejamiento o si me pueden hacer algo a mí, ya k la jueza lo vio agresivo en la ora del auto. Si retiro denuncia podría salir de la cárcel? A parte d esto, tengo una hija, el es el padre biológico pero no está reconocido como tal .Por otra pelea cuando yo estaba en las últimas semanas d gestación. Cosa k yo le puse denuncia y el a mi también, cosa k nos pusieron orden de alejamiento a ambas partes y al nacer la niña volvimos juntos. Ahora me han dado guardia y custodia d mi hija, que yo pensaba k ya la tenía.
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Usted puede retirar su denuncia e incluso no reclamarle nada e incluso retirar la acusación particular que su abogada está haciendo en su nombre, ese es su derecho, por supuesto. Lo que ocurre es que, aunque usted retire su propia denuncia y no reclame y retire su acusación particular, el juicio contra aquel señor continuará puesto que el Fiscal, con toda seguridad, va a mantener la acusación pública. Con esto le digo que no está en sus manos el que se termine el juicio, sino que este juicio terminará hasta sentencia que será absolutoria o condenatoria, en función de las pruebas que se practiquen en el juicio. Por otra parte, el hecho de que usted retire su denuncia no es motivo suficiente para que ese señor quede en libertad. Y probablemente el juez no lo ponga en libertad simplemente porque usted retire su denuncia. Cada uno deber ser responsable de sus propios actos, y usted debe ser responsable de su propia denuncia y de las consecuencias de ésta. Además, he de suponer que cuando usted puso su denuncia fue debidamente informada de las posibles consecuencias que podía causar la denuncia.
N79
Hace un mes tuve una fuerte discusión con mi pareja que acabo en comisaría, tuvo un primer juicio y salió absuelto de orden de alejamiento, seguidamente se llego al acuerdo que un día en concreto el debía ir a recoger sus cosas y salir de casa, tenemos una hija en comunicando el vino a recoger sus cosas, comenzó a amenazarme de muerte y yo lo grabe todo y fue a parar a manos de la policía con lo cual lo detuvieron y huno otro juicio rápido y le pusieron una orden de alejamiento de 350 metros, bien a los pocos días hubo un juicio y le han condenado a 3 años de orden de alejamiento, decir que yo en el juicio no declare en su contra, mas que nada pq hablamos de solucionar las cosas y volver juntos, pero nuestra sorpresa ha sido esa sentencia aun no en fime pq el la apelara, mi pregunta es, que debemos hacer? queremos estar juntos, que podríamos demostrar? que hacer en concreto? Si yo quisiera verle podría hacerlo? tengo entendido que yo no quebrantaría ninguna orden de alejamiento pero si el podría ser otra vez juzgado. Necesito saber qué es lo que podríamos hacer para solventar esto, aunque no le quiten los cargos, pero solo que le quiten la orden de alejamiento.
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veamos, lo que usted está diciendo es una pura contradicción, por una parte dice usted que este señor le amenazó y que usted lo grabó y lo denunció a la policía sabiendo usted, puesto que no es su primer juicio de violencia sobre la mujer en la que usted lo denuncia, que al celebrarse el juicio era posible que se condenara a dicho señor a la pena que fija el Código Penal incluida la Orden de Alejamiento, y por otra parte, dice usted que no está de acuerdo con la condena de Orden de Alejamiento y que quiere volver a estar junto con dicho señor. Dicho esto, le comento que cada uno debe ser responsable de sus actos, es decir, usted debe ser responsable de la denuncia de malos tratos que interpuso sabiendo que podía acordarse por el juez la Orden de Alejamiento, y aquel señor debe ser responsable de los hechos que cometió, sin perjuicio de que dicho señor pueda y quiera recurrir en apelación la sentencia de condena. Por otra parte, las sentencias son para cumplirlas, y si se ha condenado a aquel señor a una pena y se le ha impuesto una Orden de Alejamiento, dicha Orden de Alejamiento debe de cumplirla obligatoriamente aunque haya recurrido. En caso contrario, corre el riesgo de que se le vuelva a condenar de nuevo, por no cumplir la Orden de Alejamiento, y esta vez cumpla una pena de prisión. Por otro lado, si es usted quien llama a ese señor o se le acerca voluntariamente a sabiendas de que existe una Orden de Alejamiento, entonces, es posible que sea usted quien acabe acusada y condenada. Dicho de otra manera, aquel señor no puede acercarse a usted y usted no puede colaborar o inducir a que este señor cometa el quebrantamiento de la Orden de Alejamiento. El artículo 28 de nuestro Código Penal castiga a los autores de los delitos y faltas, y castiga también a las personas que colaboren o induzcan a cometer el delito. En conclusión, lo que se debe hacer, si así es su deseo, es recurrir la condena y esperar a que el Juez se vuelva a pronunciar mediante sentencia.
N80
Mi pregunta es la siguiente una española casada con colombiano y el estando en la carel, lo pueden deporta? o al estar casado puede cumplir su condena aquí? El no tiene nacionalidad ,solo la comunitaria.
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Si el ciudadano colombiano, que se encuentra en prisión cumpliendo condena, y tiene Tarjeta de Residencia Comunitaria, con esposa española residiendo en España, no existe ningún problema para que dicho ciudadano cumpla su condena en España y no sea expulsado de territorio nacional.
N81
Me han mandado una carta del juzgado y me dice que tiene que ir mi marido obligatoriamente pero el trabaja mi pregunta es ¿podría ir yo por el ? me gustaría que me dijera que si y que papeles tendría que llevar si así fuera.
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Si la citación es para su marido, deberá comparecer él necesariamente, ya que posiblemente sea para darle trámite de un procedimiento judicial.
N82
Hace casi 2 años que vine a trabajar a la ciudad de rio de janeiro (Brasil), por cuestión de trabajo que estaba muy mal por las islas. Soy separado en Tenerife y tengo un hijo allá y nos llevamos bien, tanto mi hijo como mi ex esposa, pero hay algo que me preocupa, pues mantengo siempre contactos con ellos y la madre de mi hijo me dijo que estuvo un funcionario de la policía de la laguna, para hacerme una citación norialmente no se de lo que se trata, tampoco puedo viajar a Tenerife ahora por cuestión del trabajo aquí. Ella le ha informado al funcionario (policía) que no sabía dónde encontrarme. Mi pregunta es: pueden hacerme algún problema si no me encuentran, cuando regrese a Tenerife? tiene tiempo de caducidad las citaciones al no encontrar ninguna dirección donde encontrarme? cueles son los pro y los contras en ese caso?
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Las citaciones y notificaciones de la Policía y del Juzgado son para recogerlas. Usted no sabe ni intuye el motivo o la causa de la citación de la que me habla, pues con mayor razón para recoger la citación o notificación. Si usted no está, podría recogerla un familiar, si fuera posible. Por otra parte, como no sabemos nada de esa citación ni para que es, no puedo concretarle nada al respecto acerca de su localización ni de los problemas concretos que le puede llevar no ser recibir esa citación.
N83
Me gustaría saber si puedo proporcional toda la información, y usted aconsejarme. Si puedo realizar la nota de prensa y si es viable. De momento el proceso está recurrido y si no me hacen caso ire a la audiencia provincial, ya tengo abogada y procuradora. Pero dicen que para tener una idea de la realidad. Se necesitan varios puntos de vista. En caso afirmativo, indíqueme si le proporciono copia de la denuncia para que valore y si la respuesta o solución, hay que retribuirla como es lógico. Primero envié un presupuesto y forma de pago. Para ver si esta dentro de mis posibilidades. Pues ahora no trabajo de policía local y estoy de baja por ansiedad. Por todo este tema.No hay inconveniente en enviar copia de denuncia, siempre basándome en su profesionalidad y que dichos datos no serán publicados.
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Si desea usted asesoramiento acerca tal denuncia, deberá usted hacérmela enviar. Mis honorarios por su consulta son de 50 euros +I VA, y la forma de pago es en efectivo o a través de ingreso o transferencia a mi cuenta bancaria, y una vez acreditado el pago, procedo al asesoramiento.
N84
Estoy matriculado en la universidad, y hay una situación con un profesor. Se creó un perfil de twitter a modo de parodia, dejando claro en la "biografía" que no se trataba de este profesor. La foto de perfil se obtuvo de su perfil personal de facebook, el cual, tenía según qué informaciones compartidas de manera pública, entre ellas, dicha foto. Por otro lado, unos cuantos alumnos han puesto mensajes en los que se incluía un hashtag que incluía el apellido del profesor seguido de la palabra cabrón. Este profesor cerró su perfil en Facebook, y ante eso, se cerró también la parodia en twitter, puesto que la intención nunca fue de causar ningún perjuicio. Por otro lado, se ha redactado una disculpa por parte de los implicados, reconociendo que dichos comentarios han estado completamente fuera de lugar, que en ningún momento se pretendió causar daño alguno con la parodia de Twitter y pidiendo sinceras disculpas por lo acontecido. Ahora el profesor ha denunciado los hechos y hay interpuesta una demanda por la vía de lo penal, supongo que por suplantación de identidad e injurias. El tema es que no he encontrado jurisprudencia con respecto de la suplantación de identidad en redes sociales, más allá de una sentencia relacionada con el caso Marta del Castillo, con la salvedad de que el perfil denunciado en esa ocasión no era una parodia, sino que realmente se hacía pasar por uno de los imputados. Si no fuese por la foto, en caso de resultar en hecho típico, entraría dentro de la primera categoría, en orden de penas, la más leve, pero con la foto no sé si entraría en la segunda, puesto que la LOPD recoge que si los datos son públicos no existe falta. Con respecto de los insultos, no sé si constituyen el hecho típico de las injurias, puesto que empezó como una broma, y probablemente insultos como tal, más allá del citado hashtag, no haya más que cuatro o cinco, y dado que se trata, en última instancia, de una figura pública, no sé en qué medida los hechos son punibles.
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Lógicamente, mi respuesta no puede ir al detalle ni ser mucho más concreta, por cuanto que no conozco el hecho del que me habla (es decir, no he visionado el perfil que me relata). No obstante, a la vista de lo que me dice en su Consulta, en mi opinión, yo más veo que esa conducta o hecho es un caso típico de injurias. El Código Penal sanciona el delito de injurias en sus artículos 208 y 209 y la falta de injurias en su artículo 620.2. Las penas que se imponen son de multa. Y la diferencia entre delito de injurias y falta de injurias se encuentra en la gravedad de las injurias vertidas. En el supuesto que me relata, la línea divisora entre delito y falta, en mi opinión, no es una línea objetiva, por lo que entiendo que será el Juez quien determine, a su juicio, si tal conducta se ha de tipificar como delito o como falta. Si bien es cierto que existen elementos que podrían decantar esas injurias como delito, como el haber formulado las injurias de manera pública, es decir, con publicidad, el que ese perfil injurioso haya causado grave perjuicio al injuriado atentando gravemente a su honor o dignidad personal, el que le haya causado perjuicio en su imagen profesional, el que le haya obligado a tener que retirar su propio perfil ya consolidado. Nuestro Tribunal Supremo exige la concurrencia de tres requisitos o elementos básicos para tipificar las injurias: la existencia de expresiones realizadas con propósito de lesionar la honra, el crédito o aprecio de las personas; la existencia de un "animus injuriando", es decir, intención de injuriar; existencia de una determinada magnitud de la ofensa (grave o leve) que servirá de medida para calificarla como delito o como falta. Sin perjuicio de lo anterior, el injuriado también podría denunciar los hechos, además de por injurias, también por vejaciones injustas. Obviamente, el que resulte acusado por estos hechos, tiene todo el derecho a defenderse, y para ser condenado debe de probarse en Derecho. Y, en favor del acusado, le diré que, en relación al segundo requisito expuesto (el de la existencia de un "animus injuriandi"), siempre se presume la Presunción de Inocencia.
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Haciendo una indagación más profunda leí que existe el eximente de "animus jocandi", lo cual encaja perfectamente en la situación, y supongo que es la razón por la que existen infinidad de perfiles en redes sociales que parodian a personajes públicos y siguen en activo. ¿Sería aplicable en este caso? Pues la intención en ningún momento fue difamatoria, sino meramente lúdica y cómica, sin que desde el perfil parodia se realizase ningún comentario ofensivo o denigrante en ningún momento.
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Está usted equivocado, el "animus iocandi" (que significa actuar con la intención de hacer o decir en broma) no es una eximente, e incluso, tampoco es una atenuante. Las causas que eximen de responsabilidad penal (eximentes) aparecen en los artículos 19 y 20 del Código Penal y las causas que atenúan la responsabilidad penal (atenuantes) se recogen en el artículo 21 del mismo Código Penal. Pues bien, el "animus iocandi" no aparece en dichos artículos. Lo cierto es que el actuar en broma, es decir, con un "animus iocandi" no exime ni atenúa, pero si es fundamental para acreditar que no hubo malicia, y por lo tanto ayuda a rebajar la magnitud de la ofensa, si es que la hubiera.
N85
Mi mujer tuvo una relación con alguien pero ya no. esa persona le propuso acostarse con ella y ella dijo no. Le sigue mandando correos y llamadas. Ella le dijo que no hiciera más y siguen. Yo le envié un sms a él diciéndole que no le bastó con acostarse con ella que ha decidido torturarnos. Y ÉL me ha puesto una denuncia. ¿Qué puedo hacer? vivo en Asturias y el en Castellón.
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En primer lugar, para poder defenderse de una denuncia contra usted, lo primero que debe conocer es el contenido de esa denuncia. En su Consulta, usted no me dice nada, por lo tanto no puedo aconsejarle. Si usted hubiera recibido una citación del Juzgado para la celebración de un Juicio de Faltas y no tuviera usted la denuncia, entonces debe dirigirse a ese Juzgado para que le entreguen copia de la denuncia. En segundo lugar, su esposa puede interponer una denuncia contra aquel señor por vejaciones injustas, por injurias, por coacciones. Para ello, debe de ir a la policía o al Juzgado de Guardia y debe de llevarse los sms o justificaciones de los hechos denunciados.
N86
Soy de Santa Cruz de Tenerife (Canarias) y estuve leyendo en internet su página de preguntas y respuestas al cual vi que Ud. es un buen profesional en derecho. BIEN, hace casi 2 años que vine a trabajar a la ciudad de RIO DE JANEIRO (BRASI), por cuestión de trabajo que estaba muy mal por las Islas. Soy separado en Tenerife y tengo un hijo allá y nos llevamos bien, tanto mi hijo como mi EX ESPOSA, pero hay algo que me preocupa, pues mantengo siempre contactos con ellos y la madre de mi hijo me dijo que estuvo un FUNCIONARIO de la POLICIA de La Laguna, para hacerme una citación, realmente no se de lo que se trata, tampoco puedo viajar a Tenerife ahora por cuestión del trabajo aquí. Ella le ha informado al funcionario (Policía) que no sabía dónde encontrarme. Mi PREGUNTA ES: Pueden hacerme algún problema si no me encuentran, cuando regrese a Tenerife? Tiene tiempo de caducidad las citaciones al no encontrar ninguna dirección donde encontrarme? Cueles son los PRO y los CONTRAS en ese caso?
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Las citaciones y notificaciones de la Policía y del Juzgado son para recogerlas. Usted no sabe ni intuye el motivo o la causa de la citación de la que me habla, pues con mayor razón para recoger la citación o notificación. Si usted no está, podría recogerla un familiar, si fuera posible. Por otra parte, como no sabemos nada de esa citación ni para que es, no puedo concretarle nada al respecto acerca de su localización ni de los problemas concretos que le puede llevar no ser recibir esa citación.
N87
Resulta que me quitaron dos puntos, me quedaba con 0, pagué la multa porque no sabía de los puntos que me quedaban...cuando me entero que me quedo en negativo me apunto a un curso de sensibilización, el programa deja darme de alta, realizo el curso y lo finalizo hoy. Me quieren sumar los puntos y el programa no le deja a la autoescuela. Entonces me dicen que coja el certificado y que vaya a tráfico. Mi consulta es: me los tienen que dar? Ahora mismo estoy sin carnet? Me tienen que devolver el dinero si me lo retiran? Es que no se nada.
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Conducir un vehículo a motor con un carne sin puntos es una infracción grave, por lo que no debe de conducir. Si usted ha cumplimentado todos los requisitos para obtener nuevos puntos, lógicamente debería usted recibirlos y ante cualquier incidencia debe dirigirse directamente a la Jefatura de Tráfico con todos los justificantes acreditativos. En cualquier caso, la única competente para resolver las incidencias existentes o que puedan existir en relación a su situación personal es, como le digo, la Jefatura de Tráfico. Hasta tanto no regularice su situación, en relación al carné, le aconsejo que no conduzca. Y si, una vez haya usted consultado en Tráfico, y se acreditara un error por parte de dicho organismo, entonces, puede proceder a reclamar lo que le corresponda.
N88
Mi ex pareja y yo después de terminar la relación seguimos en contacto y viéndonos a pesar de que el tenia una nueva pareja, hasta que un día decidí hablar con ella y contarle que la estaba engañando. Ahora el me está amenazando con hacerme la vida imposible, tiene fotos mías intimas de cuando éramos pareja y me ha amenazado con enseñarlas o publicarlas en alguna red. Tengo mensajes de móvil en el que se ven claramente las amenazas. He pensado en acudir a la policía a poner una denuncia pero tengo miedo de que me culpen de que el me este amenazando por haberle contado la verdad a su pareja. Que puedo hacer? si interpongo una denuncia habrá juicio?
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A la vista de su Consulta, usted tiene derecho a interponer una denuncia contra su ex pareja, por amenazas, injurias, vejaciones injustas y coacciones. Para interponer una denuncia, puede usted acudir a la Policía o directamente al Juzgado de Guardia de su localidad, no es necesario que intervenga un abogado para interponer la denuncia. Lógicamente, si usted va a interponerla, debe ser aportar sus datos y datos del denunciado (nombre, domicilio,...), debe de relatar claramente los hechos que denuncia y aportar las pruebas de esos hechos (como los mensajes de móvil, testigos,....). Una vez usted interpone su denuncia, será el Juez quien determine si esos hechos denunciados pueden ser considerados como delito o falta, y en consecuencia, habrá un Juicio y una sentencia absolutoria o de condena. Por otro lado, el hecho de que usted haya hablado con la nueva pareja de su ex pareja, y le haya dicho algo que sea verdad, no tiene usted de que preocuparse.
N89
Cree una cuenta hotmail con una identidad que me invente y de ahí una cuenta badoo con esi mismo perfil inventado, la foto de perfil la busque en imagines del google, Casi no hable con nadie solo con un chico pero no le hice caso, entonces me denuncio la cuenta y me la han cerrado y me enviaron un mensaje al Hotmail diciéndome que me habían cerrado la cuenta por uso fraudulento y que PUEDE que se pongan en contacto con la autoridades pertinentes. No dije nada malo ni nada....Es solo una amenaza o de verdad va a venir la policía a mi casa. El contenido del perfil no es obsceno ni nada.
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A la vista de lo que me dice en su Consulta, le comento que no debe de preocuparse ni inquietarse por la policía, ya que la policía no acudirá a su casa. A veces, determinados organismos emplean expresiones con la intención de intimidar a los usuarios para que éstos se abstengan de realizar determinadas conductas, y este es el motivo por el que le dijeron que iría la policía a su casa.
N90
Estaba saliendo con mi pareja y un día que otro por un malentendido me golpeo varias varias cachetadas. Entonces le denuncie al cabo de una semana decidí retirar la denuncia porque no me interesaba seguir adelante con el caso ya que me suponía muchos problemas picologicosquisiera saber qué soluciones hay respecto a esto, ya que la denuncia iba acompañada de un parte médico de lesiones leves. ah una cosa importante que en la declaración quedo reflejado que ese mismo día qe me agredió había tenido un aborto el cual el me había obligado a practicar amenazándome de contárselo a mis padres si no lo hacía. Mi novio y yo vivíamos en distintas ciudades solo nos veíamos en vacaciones
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Si usted denuncia a su novio por una agresión cuyas lesiones aparecen como leves en un informe médico, y en el trámite judicial usted comparece para retirar su denuncia, entonces, posiblemente, su denuncia se archive sin mas consecuencias. De todos modos, el Ministerio Fiscal podría querer continuar seguir acusando a su novio por esa agresión que usted denunció, en tal caso, el procedimiento penal continuará a pesar de que usted haya retirado su denuncia.Lo habitual que suele ocurrir es que si su denuncia lo es por una agresion cuyas lesiones son de carácter leve y es la primera denuncia y, además, usted manifiesta que seguir adelante con el caso le produce problemas psicológicos, entonces el Ministerio Fiscal no pondrá inconvenientes en archivar su denuncia.
N91
Resulta que tengo un hermano mayor que yo que esta todo el tiempo molestándome, se burlña de mí, me hace señas, me dice cosas, grita todo el tiempo, el vive en el fondo de mi casa y viene a cada rato a mi casa se come la comida se lleva las cosas de mi casa no me las devuelve y ahora también insulta a mi novio , me amenazo que le iba a pegar , el estuvo preso pero no se que hacer porque me está volviendo cada día mas loca. Le juro que no aguanto más y no se que hace para asustarlo y que no me moleste mas porq yo le digo que lo voy a denunciar pero ni le importa
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Usted misma lo ha dicho lo que puede hacer, y es interponer una denuncia contra su hermano por injurias, amenazas, vejaciones e incluso hurto. Si interpone una denuncia, debe de manifestar de manera muy concreta los hechos que denuncia, las expresiones injuriosas y amenazantes, concretar el lugar y el momento de esos hechos, los testigos y todo aquello que pueda servir para asegurar que la denuncia acabará en una sentencia de condena donde usted también puede pedir una Orden de Alejamiento que prohiba a su hermano a acercarse a usted y a su novio y a su domicilio y a su lugar de trabajo o donde usted se encuentre. Por otra parte, si su hermano hace todo lo que usted dice y usted le responde que le va a denunciar y después no lo denuncia, está claro que su hermano posiblemente continuará con sus acciones y no le importará que usted le diga que lo va a denunciar
N92
Necesito saber q ue puede pasarme si me denuncian por una riña en la cual hubo gritos y busqué un cuchillo con el cual amenazó a la persona, mas no hubo lesiones de ninguna de las partes solo verbal. Soy madre cabeza de hogar con hijos menores, lo que me afecta moralmente.
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Ciertamente, para una Respuesta más detallada habría de conocer mejor lo que ocurrió en esta "riña", pero, en principio, se trataría de una supuesta falta de amenazas. El artículo 620 del Código Penal establece que los que, de modo leve, amenacen a otro con armas u otros instrumentos peligrosos (como es un cuchillo), o lo saquen en riña, será castigado con una pena de multa de diez a veinte días. Se trataría, como le digo, de una falta y no de un delito, y en caso de denuncia y de condena en el Juicio, la pena es de multa (de aproximadamente de unos 50 euros y hasta aproximadamente unos 120 euros como máximo).
N93
Se admitiría una grabación, como prueba de haber sido amenazado, delante de mis hijos por mi mujer?
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La respuesta es SI. Le comento: La grabación de las conversaciones mantenidas entre usted y otra persona es válida en Derecho y sirve como medio de prueba en los Tribunales. Es reiterada y consolidada en la Jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencia de 11 de mayo 1994, sentencia de 30 de mayo 1995) el entender que el secreto de las comunicaciones recogido como derecho fundamental de la persona del artículo 18.3 de nuestra Constitución no alcanza a aquella persona con quien se conversa y a quien libremente el interlocutor ha querido manifestarle lo que ha considerado oportuno. Es decir, la grabación de una conversación (conteniendo expresiones amenazantes o injuriosas, como sería el asunto de su Consulta) en donde interviene usted y su mujer es válida como prueba, ya que usted interviene en la conversación y su mujer ha intervenido también libremente en dicha conversación manifestándole lo que que considerado oportuno (aunque sean con expresiones amenazantes o injuriosas). En esta misma línea interpretativa también se postula el propio Tribunal Constitucional. Lo que entiendo que no es válido como medio de prueba es que una persona grabe una conversación en donde ella misma no interviene, y entiendo que esa grabación no sería válida en derecho puesto que al grabar o interceptar una conversación ajena de otras personas ello sí que podría considerarse una infracción del derecho fundamental del citado artículo 18.3 que establece el secreto de las comunicaciones.
N94
yo hombre mayor de edad, ma denuncia un chico de 19 años por intento en mi casa de abusos sexuales, cuando en realidad no paso nada copas y rayitas de coca, se lo propuse y lo k quería era dinero, al final nada. Que me puede pasar?
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Difícilmente, se puede responder a su Consulta, puesto que es demasiado parca y habría que entrar en los detalles de los hechos denunciados. En cualquier caso, si dice usted que no pasó nada entre ustedes, entonces, a pesar de la denuncia, será altamente dificil que el denunciante pueda probar algo que realmente no pasó. Dicho de otro modo, el que acusa debe de probar ante un Juez que lo que denuncia es verdad, y si no hay ninguna prueba de que hubiera existido abuso sexual, entonces el Juez tendría delante de sí tan solo dos versiones contradictorias y ante dos versiones opuestas acerca de unos presuntos hechos, el Juez suele optar por dictar una sentencia absolutoria.
N95
Mi padrastro en el año 2009 fue capturado tras ser acusado de enriquecimiento ilícito, y trata de blanca estuvo en prisión por 3 días luego le dieron casa por cárcel mientras se resolvía su caso luego todo se aclaro y fue declarado inocente y dejado en libertad. y ahora le salió un problema que el vehículo que el tenia lo vendió y la persona la cual lo compro dice q esta embargado por la fiscalía cuando según su abogado el ya había salido limpio de todo ese problema. y dice que para resolverle el caso le tiene q pagar cuando el tenia el deber de que el saliera limpio de todo. Que puede hacer en este caso gracias
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Toda persona acusada y que finalmente sale absuelta en sentencia firme, como parece que es el caso de su Consulta, entonces esa persona tiene todo el derecho a pedir que se dejen sin efecto todos los embargos y todas las medidas que se hubieran adoptado contra dicha persona. Es el Tribunal el que debe, de oficio, dejar sin efecto todos loe embargo, pero es posible que exista un error en la Administración de la Justicia y quede algún embargo en vigor, pues bien, en este caso, su abogado debe de pedir que tal embargo o medida restrictiva sea derogada y dejada sin efecto. En principio, yo entiendo que esta actuación del abogado no debe de cobrarla a su cliente de manera independiente, puesto que si le ha llevado la defensa de su asunto aún debe de continuar hasta que desaparezcan todos los embargos o medidas restrictivas fijados contra su cliente. En cualquier caso, la persona absuelta puede comparecer por si misma ante el Juzgado para solicitar que se dejen sin efecto los embargos o medias restrictivas que aún pudieran existir.
N96
Hoy he recibido una sentencia sobre una denuncia que yo interpuse contra un cirujano de un hospital de la provincia de Málaga por vejaciones y amenazas, las vejaciones sobre mi esposa que estaba ingresada al llamarla literalmente ""rata de hospital"" y las amenazas a continuación a mi persona que también quedo reflejado en la denuncia. Bien pues este ""señor"" se persono en el juzgado el día de la vista, con abogada y lo que es peor, una compañera de trabajo que no intervino nunca en los hechos, falso testigo y una enfermera que si estaba el dia de los hechos pero a la que a coaccionado para que acudiera en calidad de testigo suyo. Se le ha absuelto de ambas acusaciones y de hecho ni siquiera se le ha condenado a pagar las costas que las hará el estado, a mi tampoco se me condena a nada aun reconociendo ante el juez y en la denuncia que yo llame literalmente ""hijo de puta"" a este impresentable. ¿Me dan cinco días para recurrir la sentencia? ¿Hasta dónde puedo llegar? Le comento que yo no he llevado letrado pues no pensé que me hiciera falta y como testigo ha ido mi esposa por lo cual el juez estima que su declaración al ser como la mia, no es imparcial y claro asi ha quedado de momento el tema. Espero pueda indicarme los pasos a seguir y si es en breve mejor todavía le recuerdo que solo tengo 5 días para recurrir si procede.
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En primer lugar, si la sentencia se ha dictado en un Juicio de Faltas (que es lo que yo deduzco de su consulta, a la vista de los hechos que denuncia, de vejaciones, injurias y amenazas), entonces, el plazo legal para que usted pueda recurrir en apelación ante el Tribunal (Audiencia Provincial) es de 5 días hábiles contados a partir del dia siguiente a la fecha de notificación de la sentencia, es decir, si a usted le han sido notificado la sentencia el miércoles dia 26 de septiembre, entonces el último dia que tiene usted para recurrir en apelación es hasta el miércoles día 3 de octubre e incluso pudiendo presentar el escrito de recurso ante de las 14 horas del día 4 de octubre jueves. Su derecho a recurrir en apelación en el plazo de 5 días aparece regulado en el artículo 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ahora bien, si la sentencia se hubiera dictado en un Juicio por delito, ante el Juzgado de lo Penal, es decir, que no fuese un Juicio de Faltas, entonces el plazo para recurrir la sentencia en apelación sería de 10 días (artículo 790 a 792 Ley de Enjuiciamiento Criminal). En cualquier caso, en la propia sentencia aparece el plazo para recurrir en apelación. En segundo lugar, me pregunta usted hasta donde puede llegar, y es muy sencillo, y es que si usted quiere que otro Tribunal (en este caso, la Audiencia Provincial) vuelva a estudiar su caso y resuelva en una segunda instancia sobre los mismos hechos, debe usted interponer un escrito de recurso de apelación. Para interponer este recurso de apelación es obligatorio que lo firme un abogado, por lo tanto, tendría usted que buscar y contratar los servicios de un abogado que estudie su caso y haga su recurso de apelación. Una vez presentado dicho recurso de apelación, el tribunal dictará una nueva sentencia que podrá ser absolutoria o de condena.
N97
Desde hace un año estoy recibiendo mensajes tanto en mi móvil como en el correo de un hermano mío que por una disputa familiar mía con mis padres y no querer reconciliarme me está coaccionando a que pida perdón o que me preparara para las consecuencias, en primer lugar no tengo que pedir perdón de algo que no he hecho y en segundo lugar han llevado a cabo las amenazas enviándome un burofax que desahuciara junto a mis hijos la vivienda que yo tenía desde hace 25 años pero que estaba a nombre de mi madre, insultos loca, chalada ,drogadicta, mala madre con lo que se puede demostrar que todo es mentira, tengo todos los mensajes, debido a esta presión estoy en tratamiento de psicólogo para poder conciliar el sueño, me he tenido que desplazar de ciudad y estamos viviendo provisionalmente en una habitación de un hotel ya que vinimos a trabajar para la temporada de verano mi marido y yo y al explicarles la situación nos han dejado que continuemos en la habitación pero sin trabajo hasta el verano, a mi hijo de 18 años no para de molestarlo y ahora enviándole mensajes confundiéndolo para ponerlo en contra nuestra, también está en tratamiento porque cada vez que le llaman se pone muy nervioso, así es que he decidido denunciarle para por lo menos que me deje tranquila y mi pregunta es ¿De que lo puedo denunciar?¿donde lo denuncio en mi ciudad actual o en la que vivía antes?¿voy al juzgado o a la guardia civil? Le agradecería que me orientara para saber los pasos que tengo que seguir, un saludo
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En primer lugar, los hechos que usted me describe en su Consulta serían tipificables como "injurias", "amenazas", "coacciones" y "vejaciones injustas". Pues bien, todos estos hechos aparecen penados en el artículo 620 del Código Penal y sancionados con pena de localización permanente de 4 a 8 días o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 10 días, habida cuenta que el agresor es su hermano. A la vista de lo que me dice en su Consulta, tiene usted fácil de probar esos hechos puesto que aparecen en los mensajes que usted guarda. Conserve esos mensajes como prueba en el Juicio y los pone en conocimiento en la misma denuncia. En segundo lugar, la denuncia la puede presentar en la misma localidad donde reside, puesto que si el Juez entendiera que los hechos denunciados habrían de ser enjuiciados en otro lugar distinto (en razón al lugar de la comisión de los hechos) será el propio Juez quien envíe el procedimiento a donde correspondiere. Es lo que se denomina Inhibición de un Juzgado en favor de otro Juzgado. En tercer lugar, puede usted presentar la denuncia tanto en el Juzgado de Guardia como ante la Guardia Civil. Mi consejo es que la presente en el Juzgado de Guardia directamente.
N98
Los padres de una menor denunciaron al novio por violencia de género le impusieron orden de alejamiento y comunicarse como medida cautelar. Ellos quebrantaron la orden y el ahora está en prisión a la víctima le ofrecieron acciones y ella renuncio como acusadora particular y solo ira como testigo. El fiscal dice que irá en contra del. Además tienen 2 testigos. Ella no quiere que lo condenen ya que no es habitual en él. El lleva ya 2 meses y el juicio no sale ¿cuánto puede estar en la cárcel? y que se puede hacer para que lo absuelvan? o retiren la orden de alejamiento.
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Los Juicios donde hay acusados en prisión se enjuician mas rápidamente que los otros juicios donde no hay presos, lógicamente por razones obvias de no mantener en prisión provisional a nadie sin tener una condena judicial. Por lo tanto, el juicio se tendrá que celebrar en breve, ahora bien, no hay un tiempo o plazo para que se celebre, pero ya le digo que si todavía no se ha celebrado será porque el Juzgado aún no lo podrá celebrar. De todos modos, si se demora la celebración del juicio, entonces, el abogado del acusado que está en prisión provisional deberá presentar un escrito pidiendo la libertad de su cliente o la celebración sin demora del Juicio. Respecto a la otra parte de su Consulta, le comento que el acusado saldrá absuelto del juicio si no se prueba que éste cometiera los hechos que se le imputan. Es decir, que para que el acusado sea condenado, es necesario que en el Juicio se prueba que ha cometido aquellos hechos de los que se le acusa, y por eso es muy importante las pruebas en el Juicio, como los informes, documentos, partes médicos, testigos, ... En cuanto a la orden de alejamiento, difícilmente el Juez la anulará antes del Juicio.
N99
Mi consulta es esta: El mes pasado un portero de Discoteca, cuando salí a fumar un cigarrillo me saco de dicho establecimiento, sin previo aviso y sin ninguna justificación. Me agarro del cuello y del brazo, yo le pido que por favor me dejara en paz, porque me dolía, que me dé explicaciones mientras trataba de llegar a aflojar su apretón, diciendo que se estaba equivocando, el decía que no me resistiera. Me arrastra a la calle, me hace tropezar y caer en la escalera que hay en el camino para la salida. cuando cuando ya me había 'echado fuera le pedí que volver a recoger mis cosas, traté de explicarle que me había tomado cuatro copas para mí y para otras personas con los boletos de consumo que nos habían dado en la entrada, que probablemente la chica del bar se pudo haber confundido y si fuera cierto lo habría reportado en su momento y no después de media hora, cuando me vio salir a fumar, tampoco me permite hablar con un encargado para ver las grabaciones de las cámaras, a lo que el respondió que no merecía nada, me insulta con palabras que no se repiten, entonces yo le dije que ya había utilizado demasiado violencia conmigo y por lo que llame' a la policía. Entonces llamé a la policía, que llegó al cabo de media hora, después tambien una ambulancia para comprobar mi estado, dejándome un certificado que acredite que tenía dolor en el cuello, el brazo y las rodillas. El juicio de faltas de lesiones tendra' lugar en menos de una semana yo soy sea denunciada sea denunciada (no se' porque'), me gustaría saber qué derechos tengo para apelar sin tener la defensa de un abogado.
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Si usted sufrió lesiones acreditadas mediante un informe médico de urgencias y usted interpone una denuncia por agresión en base a esas lesiones, entonces se celebrará un Juicio (que será un Juicio de Faltas si las lesiones son leves) donde usted será denunciante y no denunciada. En ese Juicio, usted deberá ser reconocido por el médico forense en relación a las lesiones que sufrió y en el Juicio deberá de aportar todas las pruebas de que sufrió esa agresión por parte del portero. Si usted aparece citada para un Juicio de Faltas como denunciada y no como denunciante, le aconsejo que lo antes posible acuda a ese Juzgado para pedir copia de la denuncia y documentos que existan y lo aclare con un abogado teniendo presente la denuncia y documentos que hubiera.
N100
Hace 2 años y 2 días fui condenado a una pena del pago de una multa, que llevaba asociada 2 AÑOS DE ANTECEDENTE PENALES, al
ser un presunto delito.
Desearía borrar esos antecedentes penales, dado que ya he cumplido el tiempo para ello reglamentario. Me gustaría preguntarle, si me lo puede gestionar, y cuanto seria su minuta total, por ello.
Dándole las gracias espero confirmación de cita.
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El artículo 136 del Código Penal establece los requisitos legales para la cancelación de los antecedentes delictivos. Desde nuestro despacho podemos tramitar su solicitud de cancelación. Nuestros honorarios son de 120 euros más IVA, en total 145,20 euros. Si está usted interesado en contratar nuestros servicios, póngase en contacto a través de esta misma dirección de correo electrónico o por teléfono (que aparecen en nuestra Página WEB o más abajo en este mismo mensaje). Le recuerdo que para tramitar su solicitud es preciso cumplir todos los requisitos
N101
Soy estudiante del Grado en Derecho y tenemos para el lunes 10-12-12 una práctica en que, según los hechos probados, el marido dice "puta" y "te voy a liquidar en breves" a su mujer. Desde la perspectiva del Juez, ¿se le castigaría por falta de injurias y delito de amenaza de mal no constitutivo de delito? Sería usted muy amable contestando a mi duda, realmente no sé si la amenaza absorbería que le diga "puta", al ponerlo entrecomillado por separado me genera dudas.
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El artículo 620 del Código Penal castiga las injurias leves a la esposa con penas de localización permanente o de trabajos en beneficio de la comunidad, tipificándolo como falta de injurias. Y por supuesto, la esposa debe de denunciar esas injurias para que pueda condenarse al marido, como se establece en el mismo artículo citado. El término "puta" es una expresión injuriosa en cualquier caso, degradante de la persona y que se dirige contra la dignidad de la persona menoscabando su fama y atentando contra su propia estimación, y como tal es susceptible de ser castigada. Si en el acto de la vista se acredita que el acusado infirió dicha injuria, el juez debería condenar por injurias, y ello con independencia de la existencia de amenazas. Por lo tanto, la injuria (en este caso, "puta") no debe ser absorvida por las amenazas. Respecto de la expresión "te voy a liquidar en breve" (en el sentido de "te voy a matar en breve"), se trata de una amenaza de un mal que si que constituye delito (delito de homicidio o, al menos, de lesiones), sin embargo, yo entiendo que dicha amenaza sería de carácter leve dirigida a la esposa, y como tal tipificada en el artículo 171.4 del Código Penal. En tal caso, el acusado podría ser condenado, si se acredita que existió amenazas, a la pena de prisión o de trabajos en beneficio de la comunidad y accesorias. Ten en cuenta que si esas amenazas se perpetran en presencia de menores, o en el domicilio de la victima o quebrantando una orden de alejamiento, la pena se impondrá en su mitad superior, tal y como establece el artículo 171. 5. 2º párrafo del mismo Código Penal. Por lo tanto, el Juez podrá, si se acreditan los hechos de la acusación en el plenario, condenar al acusado por una falta de injurias leves y por un delito de amenazas. Con todo, dicho lo anterior, le constato que el Juez examinará todos los hechos, apreciándolos a la luz de las pruebas y en conciencia, y podrá subsumir la expresión "puta" dentro de la expresión "te voy a liquidar en breve", castigando solamente como delito de amenazas, pero si así lo hiciera el Juez deberá justificar y fundamentar muy bien su proceder. Y ello en base a la forma en que se pudo proceder a inferir tales expresiones, el contexto en que se produjo, puesto que el Juez, afortunadamente, no es una máquina automática sino que valora adecuadamente los hechos y su tipicidad legal.
N102
Mi duda es: fui testigo de un pleito entre familia. Uno de los lesionados levantó una denuncia y él me informa que me anoto en la denuncia como testigo presencial yo no quiero asistir a dar mi declaración x que no quiero afectar a ninguno de los 2 que sucede si no me presento al citatorio?
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Si usted ha sido citado por el Juez para que asista al Juicio en calidad de testigo, debe de saber que usted tiene la obligación de acudir a ese Juicio. Si no ha sido usted citado al Juicio por el Juez sino que se lo ha pedido verbalmente una de las partes, entonces usted no tiene obligación de acudir al Juicio. Si estando citado por el Juez al Juicio, como testigo, la inasistencia puede acarrearle una multa. En España, estas multas no suelen imponerse, pero siempre cabe esa posibilidad. En cualquier caso, si usted ha recibido una notificación o citación por el Juez, mi consejo es que acuda al Juicio.