Consultas - Familia
N101
Me gustaría saber el ipc de enero del 2014 a enero del 2015, para la pensión alimenticia de mis hijas y si es en negativo se lo tengo que bajar.
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Si usted tiene que actualizar la pensión de alimentos de sus hijas en el mes de enero de cada año, le comento que efectivamente el IPC es negativo, es decir, que habrá que reducir la cuantía conforme a ese IPC. Veamos, si el IPC es el nacional, la variación del IPC durante todo el 2.014 es de -0,1%. Ahora bien, es posible que usted tenga que actualizar la pensión conforme al IPC de su Comunidad Autónoma, en ese caso, debe de concretar cuál es esa Comunidad Autónoma, porque por ejemplo en la Comunidad Autónoma de Murcia la variación del IPC durante todo el 2.014 es de -1,3%
N102
Estoy divorciada, en la sentencia de divorcio hicimos liquidación de gananciales y nos comprometimos por escrito a vender la vivienda familiar. Además el se adjudicó dos vehículos valorados en 32.000€ y yo uno valorado en 8900, comprometiéndose el por escrito a pagarme 5100€ que es lo que faltaba por pagar desde ese momento. Acabamos de firmar un contrato de arras por la venta de la vivienda, la cantidad que íbamos a recibir era justo para saldar la hipoteca, todos los gastos que ello conlleva y alguna deuda de la casa. Pero no sacaríamos beneficio ninguno, ni se quedaría saldada la deuda que tiene conmigo por el coche. De todo esto mi ex marido estaba de acuerdo. Pues bien, dos días antes de la firma en notaria, mi ex marido vino a mi casa a decirme que si no le perdonaba la deuda del coche no firmaba la venta. Al no acceder a ello no se ha firmado hasta ahora. ¿Puedo denunciarlo por coacción?
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Tal y como usted me relata su Consulta, yo no veo viable una denuncia por coacciones. Ahora bien, es posible que por la vía civil, que no penal, pueda usted demandarlo por daños y perjuicios, si se acredita que su ex marido se niega sin justificación a firmar la compraventa cuyas arras ya se han entregado. Efectivamente, si existe un contrato de arras con entrega de estas a ustedes y posteriormente su ex marido se niega a formalizar la escritura de compraventa sin justificación, o por el motivo que usted dice, y debieran ustedes devolver las arras dobladas al comprador, en tal caso, se produciría un claro perjuicio contra usted y ese es el motivo que justifica la interposición de una demanda civil contra su ex marido por daños y perjuicios.
N103
Una mujer ha sido madre el dia 22/12/15 su pareja la dejo unas semanas antes. ella le ha puesto sus apellidos, los de la madre. ahora el padre reclama ver a la niña. que puede hacer ella en esta situación. El tiene pareja.
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La madre puede, en principio, negarse a cambiar los apellidos del hijo y negarse, por lo tanto, a reconocer la paternidad del supuesto padre. El hecho de que el tal supuesto padre quiera aparecer como padre del menor, eso no obliga a la madre a aceptar esa paternidad. Por supuesto, la madre puede negarse. Ahora bien, si el supuesto padre se empeña en reconocer como hijo al menor, deberá aquel presentar una demanda judicial para reclamar la paternidad que dice tener sobre ese menor. Y ante esa demanda judicial, la madre podrá entonces decidir qué hacer, si oponerse a la demanda judicial y entonces el Juez resolverá sobre esa cuestión, o reconocer la paternidad pretendida.
N104
Estoy en tramites de reparto de sociedad de gananciales. El juez me dio la razón en que un deposito de 100.000 € que teníamos que mi exmarido retiro sin yo saberlo me corresponde el 50℅. Dejo de trabajar para no darme el dinero y presente denuncia por vía civil ya hace 3 meses y no se todavía nada mas. Tengo una carta escrita por el en la que ratifica que nunca voy a cobrar nada porque quito cuentas del banco para ser insolvente. Que tiempo hay para que esto pase a vía penal por incumplimiento de a sentencia?.
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Si existe ya una sentencia que acuerda la liquidacion de la sociedad de gananciales y su exmarido no viene a cumplir con lo acordado judicialmente en dicha sentencia, entonces podrá usted ejercer su derecho de interponer una demanda de ejecución judicial. Se trata de una demanda civil. Para interponer una demanda de ejecución judicial, es necesaria la intervención de abogado y de procurador. Ahora bien, existe el delito consistente en la frustración de la ejecución, como es el alzamiento de bienes, por ejemplo, castigado en el artículo 257 del Código Penal. El Plazo de prescripción de este delito es de 5 años, conforme se establece en el artículo 130.6º y en el artículo 131.1 de nuestro Código Penal.
N105
Si existe ya una sentencia que acuerda la liquidacion de la sociedad de gananciales y su exmarido no viene a cumplir con lo acordado judicialmente en dicha sentencia, entonces podrá usted ejercer su derecho de interponer una demanda de ejecución judicial. Se trata de una demanda civil. Para interponer una demanda de ejecución judicial, es necesaria la intervención de abogado y de procurador. Ahora bien, existe el delito consistente en la frustración de la ejecución, como es el alzamiento de bienes, por ejemplo, castigado en el artículo 257 del Código Penal. El Plazo de prescripción de este delito es de 5 años, conforme se establece en el artículo 130.6º y en el artículo 131.1 de nuestro Código Penal.
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si el procedimiento penal se dirige contra usted, en el que se le imputa un presunto delito relacionado con el uso indebido de tarjetas de crédito, usted tendrá derecho a un abogado (particular o de oficio) que le asesorará y le asistirá en todos los trámites del procedimiento para defenderla. Evidentemente, usted en su Consulta aporta muy pocos datos para que yo le de mi opinión mas concreta, por ello le aconsejo que se dirija a su abogado que conocerá de todo lo que exista en el procedimiento y será ese abogado suyo quien mejor le informara al respecto. En cualquier caso, para que una persona sea condenada por delito, debe de haberse probado que dicha persona cometio ese delito, y no bastan las meras sospechas. Por lo tanto, si usted no participó en ningún hecho relacionado con las tarjetas bancarias, debe de estar tranquila, puesto que el hecho de que aparezcan videos o fotos de la cámara del cajero automatico en el que usted aparezca, eso no es prueba de que usted cometiera delito alguno, salvo que esos videos o fotos correspondan al momento justo que se produce la operación con la tarjeta denunciada. Tal y como usted expone su caso, tiene defensa en el Juicio.
N106
N107
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